El consejo de familia
El consejo de familia es un
órgano deliberante y a veces
ejecutivo, propio del derecho
de Familia, que ejerce control
sobre los tutores y los
curadores, y a veces también
sobre
los
padres
en
el ejercicio de sus atribuciones,
para velar por los derechos de
los incapaces menores o
mayores y defenderlos.
Pero en nuestra legislación el
consejo de familia es :
Una institución delderecho de
familia que consiste en un cuerpo
consultivo familiar que tiene por
finalidad velar por la persona e
intereses de los menores y de los
incapaces mayores de edad que
no tengan padre ni madre. Pero
además se formara el consejo de
familia aunque viva el padre o la
madre en los casos que señale
la ley.
Naturaleza jurídica
El consejo de familia, es la
reunión de personas nombradas
por elPadre o por la Madre; o en
su defecto son llamados por la ley,
que provee el nombramiento del
tutor
que
dicta
medidas
necesarias para atender a las
personas y bienes de los menores
o de los incapacitados, vigila la
administración del tutor, autoriza
ciertos actos de disposición
también examina y censura la
rendición del tutor.
Características del consejo de
familia
1.- Es una institución tuitiva ode protección no solo de los niños y
adolescentes, sino también de incapaces mayores de edad, así
como de cuidado y protección del patrimonio de estos.
2.- El consejo de familia es una institución supletoria de amparo
familiar por que funciona generalmente en defecto de los padres y
para supervisar la labor del tutor y curador, excepcionalmente,
cuando extiendo al padre o madre es necesariocautelar sus
intereses por razones de incompatibilidad.
3.- El consejo de familia es un cuerpo deliberante familiar o
asamblea, formada especialmente por parientes consanguíneos
y también por terceras personas.
4.- El consejo de familia tiene igualmente un carácter de ser una
entidad de supervisión del curador y tutor y en determinadas
circunstancias de los mismos padres de familia de los sujetos aguarda.
5.- El consejo de familia tiene como característica de ser una
función gratuita e inexcusable, aunque onerosa en ciertos casos y
excusable en otros.
Clasificación :
Consejo de
Escriturario:
Familia
Testamentario
Solo
pueden
ser
designados
en escritura pública por los padres.
en
o
testamentos
artículo 623 dice:" El consejo se compone de las
personas que haya designado portestamento o
escritura pública el último de los padres que tuvo
al hijo bajo su patria potestad o su curatela, y en
su defecto, por las personas designadas por el
ultimo de los abuelos o abuelas que hubiera tenido
al menor o incapaz bajo su tutela o curatela."
o
A falta de
mencionadas,
consejo :
las personas
forman
el
Los abuelos y abuelas
Tíos y tías
hermanos y hermanas
del menor o incapaz.Los hijos del mayor incapaz, que no sean sus curadores
son miembros natos del consejo que se forme para él.
Consejo de Familia Legal o Legítimo:
Es constituido en defecto del Consejo testamentario, con
las personas designadas por la ley, en este caso el
segundo párrafo del artículo 623° del Código Civil. Si no
hay ninguna persona designada, forman el Consejo los
abuelos, tíos y hermanos(siempre que sean capaces,
independientemente de su condición) del menor o incapaz.
Consejo de Familia Dativo:
Es aquel que se integra con otros parientes consanguíneos (primos,
sobrinos) cuando no hay al menos 4 miembros natos para constituir el
Consejo. En defecto del número necesario de miembros del Consejo,
este no se constituye, siendo ejercidas sus atribuciones por el juez
(artículo 626°).
Altratarse del Consejo testamentario, sus componentes vienen
individualizados, pero el problema surge en los Consejos legítimos y
dativos. En estos últimos, se trata de saber cómo individualizar a los
demás parientes. Tampoco existe un máximo de miembros en el
Consejo testamentario y legítimo, mientras que el dativo tiene un
número cerrado de 4 miembros.
Consejo de familia Mixto:
Cuando...
Regístrate para leer el documento completo.