El constituyente permanente
El constituyente permanente es aquel que, ya durante la vigencia de la Constitución, puede adicionar, reformar, derogar o abrogar el texto de la Ley de LeyesConformación
En México, el constituyente permanente, de acuerdo con el artículo 135 de la Constitución, se conforma por el Congreso de la Unión y las Legislaturas de los estados.
← Título Octavo← De las Reformas de la Constitución
← Artículo 135. La presente Constitución puede ser adicionada o reformada. Para que las adiciones o reformas lleguen a ser parte de la misma, serequiere que el Congreso de la Unión, por el voto de las dos terceras partes de los individuos presentes, acuerden las reformas o adiciones, y que éstas sean aprobadas por la mayoría de las legislaturas delos Estados.
Poder legislativo
← Capítulo II
← Del Poder Legislativo
← Artículo 50. El poder legislativo de los Estados Unidos Mexicanos se deposita en un Congreso general, quese dividirá en dos Cámaras, una de diputados y otra de senadores.
Integración
• Diputados: Art 52, 300 Distritos electorales ; Art 54 200 Sistema de listas regionales
• Senadores:Art 26 128 votación de estado y DF; Art 54 sistema de listas votadas
Facultades
Aspectos Generales de las funciones del legislativo
El congresos tiene las facultades de:
← 1. Paraadmitir nuevos estados a la Unión Federal;
← 2. Para formar nuevos estados dentro de los límites de los existentes,
← 3. Para arreglar definitivamente los límites de los estados, terminandocon las diferencias que entre ellos,
← 4. Para cambiar la residencia de los supremos poderes de la Federación;
← 5. Para imponer las contribuciones necesarias a cubrir el presupuesto;← 6. Para impedir que en el comercio de Estado a Estado se establezcan restricciones;
← 7. Para legislar en toda la República sobre hidrocarburos, minería, industria cinematográfica,...
Regístrate para leer el documento completo.