El contrato de servicios profesionales
Como el código Civil al regular el Contrato de Servicios Profesionales no lo define, puede concebirse el mismo, como el Contrato por cuya virtud una personacon una preparación profesional seria, presta sus servicios intelectuales o técnicos a otra persona, natural o jurídica, que se los requiere temporal o permanentemente, a cambio de una remuneraciónllamada honorario
El contrato de servicios profesionales se opone al contrato de trabajo, precisamente en la independencia que, en todo sentido, caracteriza la prestación del profesional. No existe enel contrato de servicios profesionales una relación de dependencia, ni de sujeción a la dirección del cliente, sino precisamente una relación contractual civil, entre dos partes económicamenteiguales, en donde el Derecho no tiene que tutelar a una de ellas, ni establecer garantías mínimas irrenunciables y en donde rige la libre contratación.
Los profesionales que presten sus servicios y los quelos soliciten, son libres para contratar sobre honorarios y condiciones de pago. (art. 2027 C.C.)
Características:
Bilateral: pues ambas partes se obligan recíprocamente. El profesional asume laobligación de prestar sus servicios y el cliente, la de pagar los honorarios correspondientes (art. 1587 C.C.)
Consensual: Basta el consentimiento de las partes para que el contrato se perfeccione(art. 1588 C.C.). El cumplimiento de las prestaciones de las partes, no es condición de validez o existencia del contrato, sino el contrato nace y existe por el mero hecho de que cada parte asuma laobligación de vincularse y cumplir su prestación.
Oneroso: Se estipulan provechos y gravámenes recíprocos o en otras palabras, ambas partes obtienen provechos de cumplimiento del contrato (art. 1590C.C.)
Conmutativo: Normalmente las prestaciones de las partes son ciertas desde que se celebra el contrato, de modo que ellas pueden apreciar el beneficio o la pérdida derivada del mismo (art. 1591...
Regístrate para leer el documento completo.