El Convenio de Montreal
2) -Los tratados internacionales por los cuales se rige la aviación civil son fundamentalmente dos: el llamado “Sistema de Varsovia” (el tratado de 1929 con lossucesivos Protocolos que lo modificaron) y el más reciente “Tratado de Montreal”, de 1999.
-Este tratado fue suscripto en la ciudad de Montreal (Canadá) el día 28 de mayo de 1999.
-El cual fueratificado por Colombia a través de la Ley 701 de 2001 y que fue declarado exequible por la Corte Constitucional en Sentencia C 533 de 2002, entró en vigencia en nuestro país desde el pasado 4 de noviembrede 2003.
3) Ello implica sin más, que el tradicional sistema de responsabilidad del Tratado de Varsovia tiene los días contados, pues nuestra legislación ha adoptado el Convenio de Montreal que,precisamente ha avanzado en un sistema de responsabilidad mucho más moderno, y favorable al consumidor.
Así, la ventaja más reluciente que muestra el Convenio, es la de eliminar el límite de laresponsabilidad en algunos supuestos, a la vez que ha elevado considerablemente los límites impuestos. De igual modo, reconociendo la necesidad de actualizar los límites en cuestión, el mismo Convenioestablece la obligación de revisarlos cada cinco años.
Daños a los pasajeros
4) Respecto de los daños ocurridos a los pasajeros, se trate de muerte o lesión corporal, el Tratado de Montreal establece que eltransportista es responsable “por la sola razón de que el accidente que causó la muerte o lesión se haya producido a bordo del aeronave o durante cualquiera de las operaciones de embarque odesembarque”.
Derechos Especiales de Giro
El DEG es un activo de reserva internacional creado en 1969 por el FMI para complementar las reservas oficiales de los países miembros. Su valor está basado en una...
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