EL CULASO DE MI VECINA
Hugo Bánzer Suárez
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que la Ley 4864 de Propiedad y Crédito Popular (ley PCP) de 15 de
junio de 1998 establece que la Superintendencia de Recursos
Jerárquicos forma parte del Sistema de Regulación Financiera, como
órgano autárquico y persona jurídica de derecho público;
Que la. Ley PCP establece lasatribuciones de la Superintendencia
de Recursos Jerárquicos respecto a los recursos administrativos
contra las resoluciones de la Superintendencia de Bancos y
Entidades Financieras y de la de Pensiones Valores y Seguros.
Que es necesario reglamentar el funcionamiento de la
Superintendencia de Recursos Jerárquicos por mandato de la ley
PCP.
Que es necesario reglamentar los recursos administrativos ysus
procedimientos para garantizar los derechos de, los regulados y su
adecuado ejercicio.
EN CONSEJO DE MINISTROS
DECRETA:
TITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
CAPITULO I
OBJETO Y DEFINICIONES
ARTICULO 1°.- OBJETO
El presente decreto supremo reglamenta el capitulo IV, titulo sexto
de la Ley de Propiedad y Crédito Popular 1864 de 15 de junio de
1998 (ley PCP) y las disposicionesprocesales referentes a los
recursos de revocatoria y jerárquico normados en los artículos 22º y
23º de la ley 1600 de 28 de octubre de 1994 (ley SIRESE) aplicables
a la Superintendencia de Recursos Jerárquicos por disposición del
artículo 42º de la ley 1864 (ley PCP).
ARTICULO 2°.- DEFINICIONES
Para efectos del presente reglamento se establece las siguientes
definiciones:
Resolucióndefinitiva de la Superintendencia Sectorial: la que
resuelve sobre el fondo de una cuestión planteada, declarando la
existencia de un derecho que impone el cumplimiento de una
prestación positiva, o negativa, o que crea, modifica o extingue un
derecho y que admite impugnación a través de los recursos de
revocatoria y jerárquico. Vencido el plazo de impugnación esta
resolución causa estado.Resolución definitiva de la Superintendencia de Recursos
Jerárquicos: la que resuelve sobre el fondo de una cuestión
planteada declarando la existencia de un derecho que ,impone el
cumplimiento de una prestación positiva o negativa, o crea, modifica
o extingue un derecho y que causa estado al no admitir la
continuación de otro procedimiento administrativo o recurso por esta
vía.
Resolución de merotrámite: la que no requiere fundamentación y se
refiere exclusivamente al desarrollo del recurso administrativo.
Resolución interlocutoria simple: la que resuelve cuestiones
accesorias en el desarrollo del recurso, que requiere
fundamentación, y no resuelve el fondo del asunto.
SRJ: Es la Superintendencia de Recursos Jerárquicos.
Superintendencia Sectorial: Son la Superintendencia de Bancosy
Entidades Financieras (SBEF), y la Superintendencia de Pensiones,
Valores y Seguros (SPVS).
Normas Sectoriales: Son aquellas leyes especiales, sus
reglamentos, disposiciones conexas y modificatorias, que norman las
actividades de los sectores de bancos y entidades financieras y de
pensiones, valores y seguros.
Superintendente: Son el Superintendente de Recursos Jerárquicos,
elSuperintendente de Bancos y Entidades Financieras y el
Superintendente de Pensiones Valores y Seguros.
Ley PCP: Es la Ley de Propiedad y Crédito Popular 1864 de 15 de
junio de 1998.
Días hábiles administrativos: Son los días ordinarios en los que
atienden las superintendencias del Sistema de Regulación
Financiera, can excepción de los días feriados, los feriados
bancarios o los equivalentesdispuestos por las superintendencias
sectoriales.
CAPITULO II
DE LA SUPERINTENDENCIA DE RECURSOS JERÁRQUICOS
ARTICULO 3°.- JURISDICCIÓN
La Superintendencia de Recursos Jerárquicos, por la naturaleza de
sus atribuciones y competencia, es un órgano autárquico y persona
jurídica de derecho público con jurisdicción nacional.
ARTICULO 4°.- REPRESENTACION
La SRJ está representada por el...
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