El Decreto Supremo 110
Financiamiento de la ley 16.744A objeto de poder solventar las prestaciones medicas y económicas que se otorgaran a los afectados por accidentes de trabajo o enfermedades profesionales, el financiamiento del seguro es de cargo delempleador, existiendo dos tipos de cotizaciones
Las cuales son la cotización adicional diferencial y la cotización básica general que corresponde al 0.95% de la remuneración de los trabajadores,de cargo del empleado.
El decreto supremo 110 es aquel que rigüe la cotización adicional diferencial
Que puede fluctuar entre un 0% y un 3.4% de acuerdo a dicho decreto, no obstante es posible quelas empresas experimenten alzas o rebajas en esta según la “siniestralidad “ efectiva que presenten, según las disposiciones establecidas por el decreto supremo 67.
Esta cotización considera queno todas las empresas tienen la misma probabilidad de accidentes ni de ocurrir estos, la misma cantidad ni gravedad, en consecuencia es mas probable que algunas empresas hagan uso del seguro encomparación con otras, y se incurriría en una falta de equidad al exigir el mismo aporte a las empresas
Algunos ejemplos de cotización adicional
Actividad económica % cotización adicionaldiferencial
Bancos 0
Universidades 0
Pastelerías 1.7
Mataderos 1.7
Estación de expendio
De combustibles 2.55
Rectificación de motores 2.55
Gran minería de cobre 3.4
Fabrica decemento 3.4
Otro ejemplo de el D.S. 110
Se debe considerar que las empresas por concepto del seguro deben cancelar la cotización básica mas la cotización adicional, además se debe considerar que...
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