El Delito Contra El Contrabando
1.- OBJETIVO DE LA LEY:
Según el Artículo 1: La presente Ley tiene por objeto tipificar y sancionar los actos y omisiones que constituyan ilícitos penales oadministrativos en materia de contrabando.
Esta Ley es aplicable a las personas naturales o jurídicas, de derecho público o privado, que se encuentren en el territorio y demás espacios geográficos de laRepública Bolivariana de Venezuela y que ilícitamente realicen actividades de introducción, extracción o tránsito aduanero de mercancías o bienes.
A los efectos de esta Ley, el conocimiento de su ámbitode aplicación corresponderá a las jurisdicciones penales o administrativas respectivas.
2.- CUALES SON LOS ORGANOS COMPETENTES PARA INTERVENIR EN MATERIA DE CONTRABANDO
Artículo 5. El MinisterioPúblico es el órgano competente para ordenar y dirigir la investigación penal en la perpetración del delito de contrabando. De igual manera tienen competencia en materia de contrabando conforme a lasdisposiciones establecidas en esta ley: el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, a través de la Guardia NacionalBolivariana y dentro del ámbito de sus competencias como autoridad marítima en los espacios acuáticos e insulares a la Armada Bolivariana, el Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana y demás autoridades delEstado que la Ley les atribuya el carácter de órganos auxiliares de investigación penal.
3.- SANCIONES ACCESORIAS EN MATERIA DE CONTRABANDO
Artículo 25. Son sanciones accesorias del contrabando:1. El comiso de las mercancías objeto de contrabando, así como el de los vehículos, semovientes, enseres, utensilios, aparejos u otras mercancías usadas para cometer, encubrir o disimular el delito.La pena de comiso de una nave, aeronave, ferrocarril o vehículo de transporte terrestre, sólo se aplicará si su propietario tiene la condición de autor, coautor, cómplice o encubridor.
2. El...
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