el deporte
El Comité Jurisdiccional y de Conciliación es el órgano a quien corresponde conocer y resolver de las cuestiones,pretensiones o reclamaciones que no tengan carácter disciplinario ni competicional y que se susciten o deduzcan entre o por personas físicas o jurídicas que conforman la organizaciónfederativa de ámbito estatal.
El ámbito de la disciplina deportiva, cuando se trata de actividades o competiciones de ámbito estatal y, en su caso, internacional, o afecta a personas queparticipan en ellas se extiende a las infracciones de reglas del juego o competición y normas generales deportivas tipificadas en la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte, en el RealDecreto 1591/1992, de 23 de diciembre, sobre Disciplina Deportiva y demás disposiciones de desarrollo de aquélla y en los Estatutos de la RFEF, cuyo régimen disciplinario y competicionalcomprende íntegramente el Título VII.
Con independencia del ejercicio de las facultades disciplinarias que son propias de los órganos federativos de esta naturaleza, la Real FederaciónEspañola de Fútbol ejerce la potestad disciplinaria deportiva sobre todas las personas que forman parte de su propia estructura orgánica; sobre los clubes y sus futbolistas, técnicos ydirectivos; sobre los árbitros; y, en general, sobre todas aquellas personas o entidades que, estando federadas, desarrollan funciones, ejercen cargos o practican su actividad en el ámbito estatal.
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