Si usted pretende adquirir una propiedad inmueble ya se trate de una casa, departamento, terreno, local comercial, condominio, etc. Debe tener mucho cuidado y tomar en cuenta entre otros muchosfactores de los que ya hemos venido comentando, el relativo al derecho del tanto o en su caso el derecho de preferencia, ya que alguien puede tener ms derecho que usted a comprar. El derecho del tanto esla situacin de beneficio que se constituye a favor de el copropietario o coheredero cuando con motivo de la venta del inmueble de la que se es condueo o coheredero, se tiene en igualdad decircunstancias con respecto al comprador, el derecho a adquirir antes que un extrao es decir que si usted pretende comprar por ejemplo un departamento que se encuentra sujeto a rgimen de copropiedad o condmino(igual puede ser tratndose de una casa), los dems copropietarios tienen derecho a adquirir antes que usted, para lo cual resulta necesario notificarles a todos y cada uno de los condminos o condueos elposible contrato de compra-venta que se pretende realizar, con el propsito de que ejerciten si para ello tienen inters el derecho del tanto y adquieran el inmueble. Para esto se requiere notificar enforma legal es decir fehacientemente a los copropietarios, la pretensin del vendedor de enajenar el inmueble, a quin y en que cantidad, el copropietario tendr derecho a ejercerlo en un termino mximode 10 das contados a partir de la notificacin si alguno de los notificados ejercita su derecho el presunto comprador ya no podr adquirir. Ahora bien si no se hace la notificacin o se hace en formadefectuosa ya sea que no se haga a travs de notario o autoridad judicial o testigos y si la venta se ha realizado sin el cumplimiento de este requisito, resultara afectada de nulidad y alguno o algunoscondueos o condminos pueden demandar la nulidad del contrato de compra que usted hizo con la consiguiente molestia y gasto innecesario toda vez que lo ms seguro es que la demanda prospere y usted...
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