El Derecho A No Declarar Contra Uno Mismo
Análisis del derecho a no declarar contra uno mismo.
Este derecho aparece recogido en el artículo 24 de la Constitución, este artículo, es el más complejo dogmáticamente de todo el texto, y es con diferencia, el que más recursos de amparo genera de todos los derechos fundamentales recogidos en este título. El contenido de esteartículo es muy disperso, y no ha sido aclarado ni por el constituyente ni por el máximo intérprete de la constitución, el Tribunal Constitucional.
En todo caso, su contenido se podría sintetizar en el derecho a la tutela judicial efectiva, a la prohibición de la indefensión, a las garantías constitucionales del proceso penal, a la presunción de inocencia y a la exclusión del deber de testificar.Este derecho aparece en otros ordenamientos jurídicos propios de Estados de Derecho como el anglosajón, o el Convenio Europeo de Derechos Humanos.
Más concretamente, el aspecto del derecho a un proceso justo que nos interesa, el derecho a no declarar contra uno mismo, no aparece expresamente recogido en el texto internacional, pero el intérprete de este, el Tribunal de Estrasburgo, a través desu jurisprudencia, ha reconocido este como parte fundamental del derecho a un procedimiento justo.
Este derecho, no plantea demasiados problemas en el ámbito de la instrucción penal, que es al fin y al cabo la situación que se tuvo en mente a la hora de establecer este derecho, y por extensión, a la actividad sancionadora de la Administración, que debe respetar también los principios que rigenel derecho penal, entre ellos el derecho a la presunción de inocencia y a un proceso justo.
Sin embargo, la Administración obviamente no solo tiene por objeto sancionar, y el ejercicio de la mayoría de su actividad ordenadora por tanto, no esta obligada a respetar ciertas garantías que el ciudadano tiene en el ámbito penal y sancionador, entre ellas, este derecho a no declarar contra uno mismoen sentido amplio.
Es necesario antes de continuar, delimitar el alcance de este derecho, primero desde un punto de vista interno (el del sujeto), y luego externo (el del órgano administrativo o jurisdiccional que debe respetarlo).
Entendemos por tanto, que desde el punto de vista del sujeto titular, es el derecho a no realizar declaraciones de voluntad o de conocimiento, que impliquen laculpabilidad del sujeto. Este derecho solo abarca conductas activas que implican una actuación del sujeto, no conductas pasivas, en las que el sujeto deja hacer.
El sujeto puede entonces estar obligado a soportar la prueba, pero no a aportarla. Además, este derecho solo es predicable respecto del sujeto mismo, siendo aceptable obtener dichas declaraciones de terceras personas distintas al sujetocuya culpabilidad esta siendo determinada, pudiendo ser esas terceras personas físicas, o jurídicas, y pudiendo exigirse dicha colaboración coactivamente, sin que se este vulnerando derecho fundamental alguno (sin perjuicio de casos particulares como el derecho a no declarar contra el cónyuge). Conviene señalar también, que este derecho a diferencia de otros derechos fundamentales, tiene carácterdispositivo, pudiendo el sujeto decidir ejercitarlo o no.
Desde el punto de vista externo, este derecho supone la prohibición del empleo de la coacción con el fin de obtener información con miras a ser utilizadas en un procedimiento penal o sancionador para demostrar la culpabilidad del sujeto. Además, supone la falta de relevancia de las declaraciones de voluntad o de conocimientoautoinculpatorias que tengan su origen en estos comportamientos, y por tanto, la nulidad de las sentencias o resoluciones administrativas que tengan su fundamento en estos medios de prueba.
No obstante, no hay norma alguna que prohíba a la administración usar la coacción para requerir de sus administrados información, lo cual se entiende como requisito indispensable para que esta pueda realizar su...
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