EL DERECHO
Μestado creandeterminadas normas jurídicas de cumplimiento general a las que se les da el nombre deleyes.COSTUMBRE: Es la reiteración de conductas aceptadas por la
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sociedad por gozar deobligatoriedad jurídica. Para que la costumbre pueda considerare como fuente delderecho deben existir dos elementos al mismo tiempo:Un elemento objetivo o material; que consiste en la repetición constante deuncomportamiento y un elemento subjetivo o formal que radica en la convicción de laobligatoriedad que existe frente al comportamiento mencionado (opinio uris). En lamayor parte del derecho mexicano no se autoriza la costumbre como fuente del derecho,sin embargo, existen excepciones como en materia civil, penal, laboral y electoral.JURISPRUDENCIA: Es la interpretación que de la ley hacen los
Μtribunales federalesen 5 tesis ininterrumpidas por alguna en contrario, en el mismo sentido y aprobada por la mayoría de los ministros o magistrados.Estas tres son las principales fuentes formales, sin embargo como complementoincluiremos dos más que pueden tomarse de igual forma, pero que por lo menos en elderecho mexicano no se toman con fuerza obligatoria.LA DOCTRINA. Es la opinión de uno o variosautores en
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cualquier materia dederecho, que se realiza con el propósito de interpretar, comprender y aplicar correctamente el derecho. Dentro del derecho mexicano, aunque tiene una gran utilidadilustrativa, no cuenta con fuerza obligatoria, sin embargo, estas concepcionesdoctrinales pueden transformarse en una fuente formal del derecho en virtud de unadisposición legislativa que se le otorgueeste carácter.PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO. Son criterios o ideas
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fundamentalesde un sistema jurídico determinado, que se presentan en la forma concreta de aforismo ,en los cuales se apoya el juzgador para resolver las controversias que no encuentransolución en las normas legisladasPROCEDIMIENTO CREACION DE UNA LEEl proceso de elaboración de una ley se desarrolla a través de las siguientesetapas:1.- Iniciativa de la ley. Es el acto por el cual determinados órganos del Estado (llamadaCámara de Origen) someten a la consideración del Congreso (llamado previsor) un proyecto de ley.
2.- Discusión de la ley. Es el acto por el cual las Cámaras deliberan acerca de lasiniciativas a fin de determinar si deben o no ser aprobadas. Una vez presentado el proyecto de ley se discute dos vecesen la Asamblea (Art. 207 CRBV).3.-Aprobación. Cuando los miembros capacitados aceptan el proyecto de ley.4.-Sanción. Se da este nombre a la aceptación de una iniciativa por el Poder Ejecutivo.La sanción debe ser posterior a la aprobación del proyecto de las Cámaras. El presidentede la República puede negar o aprobar su sanción a un proyecto ya admitido por elCongreso. Una vez sancionada la ley,...
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