El Falso Fundamento De La Instancia Plural En El Procedimiento Administrativo
JHON KHEPLER SALINAS ROBLES
Bachiller
Domicilio : Jr. Jorge Chávez Nº581–El Progreso–Chimbote
Edad : 23 Años
Fecha Nacimiento : 08/01/1987
Teléfono : 043-341804
Celular : 043-943944300
Email : extraviado_17@hotmail.com
RESUMEN
Bachiller, con 5 años deexperiencia en ramas de mi profesión, laborado actualmente en el Ministerio Público del Distrito Judicial del Santa, ejerciendo el cargo de Asistente Administrativo en la Segunda Fiscalía Provincial Civil, donde desempeño funciones designadas por mi jefe inmediato superior, como es redactar proveídos de mero trámite, hacer el seguimiento de los casos fiscales en el sistema de informacióninstitucional, brindar información al público como a los abogados litigantes en otros. Responsable, proactivo, autodidacta y con facilidad para adaptarse a diferentes grupos de trabajo, respetando siempre las leyes de Dios y apegado al decálogo de abogados que sabiamente invento EDUARDO J. COUTURE. De modo que; oriento todo mí esfuerzo al desarrollo y progreso de la Institución a la que pueda pertenecer.EL FALSO FUNDAMENTO DE LA INSTANCIA PLURAL EN EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
I) INTRODUCCIÓN.-
Con frecuencia se puede apreciar la confusión que existe entre los operadores del derecho cuando equiparan el recurrir a los actos administrativos, de la misma forma que a acudir a una decisión jurisdiccional. Lo dicho se afirma cuando en la práctica jurídica los abogados asumenque existe pluralidad o doble instancia en el procedimiento administrativo.
El presente trabajo tiene por finalidad y como objetivo principal demostrar que cuando estamos ante un acto administrativo que resuelve la solicitud de un administrado, y éste presenta su recurso de reconsideración, apelación o revisión (el cual estime pertinente), aquellos no deben ser considerados dentro delprincipio constitucional de la pluralidad de instancia regulado por el artículo 139° inciso 6° de la Constitución Política del Perú.
II) CUERPO NORMATIVO MATERIA DE ANÁLISIS.-
Artículo 206.- Facultad de contradicción[1]
206.1 Conforme a lo señalado en el Artículo 108, frente a un acto administrativo que se supone viola, desconoce o lesiona un derecho o interés legítimo, procede sucontradicción en la vía administrativa mediante los recursos administrativos señalados en el artículo siguiente.
206.2 Sólo son impugnables los actos definitivos que ponen fin a la instancia y los actos de trámite que determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión. La contradicción a los restantes actos de trámite deberá alegarse por los interesados parasu consideración en el acto que ponga fin al procedimiento y podrán impugnarse con el recurso administrativo que, en su caso, se interponga contra el acto definitivo.
206.3 No cabe la impugnación de actos que sean reproducción de otros anteriores que hayan quedado firmes, ni la de los confirmatorios de actos consentidos por no haber sido recurridos en tiempo y forma.
III) ARGUMENTO DELA POSICIÓN .-
Si bien es cierto el precepto legal descrito líneas arriba, regula la facultad de contradicción de los administrados frente a una decisión que asume la Administración, la cual afecta sustancialmente su pretensión, lo expresado no puede ni debe asociarse con el conocido principio constitucional de la pluralidad de instancia, puesto que en sede administrativa de un lado no rigela regla de la doble instancia, y de otro, el recurso administrativo no es una garantía a favor del Administrado, sino una verdadera carga en su contra y un privilegio del que goza la Administración. La misma opinión comparte el connotado jurista nacional Juan Carlos MORÓN URBINA, cuando sostiene que en sede administrativa no es aplicable la garantía de la instancia plural o doble instancia,...
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