El Femicidio
La Cámara de Diputados aprobó por unanimidad y giró al Senado el proyecto que propone incorporar la figura del femicidio en el CódigoPenal como un tipo agravado de homicidio, que establece “agravantes por el vínculo” y descarta el uso de atenuantes cuando el hombre tenga antecedentes por violencia.
El proyecto aprobado proponela reforma del artículo 80 del Código Penal en los incisos 1 y 4, de acuerdo a lo resuelto oportunamente por el plenario de comisiones de Legislación Penal y Familia.
El nuevo inciso del textoplantea la pena de “reclusión perpetua o prisión perpetua, pudiendo aplicarse lo dispuesto en el artículo 52, al que matare a su ascendiente, descendiente, cónyuge, ex cónyuge, o a la persona con quienmantiene o ha mantenido una relación de pareja, mediare o no convivencia”.
A partir de ahora el inciso 4 define al femicidio como “un crimen hacia una mujer cuando el hecho sea perpetrado por unhombre y mediare violencia de género”.
Incorpora, además, como causales “placer, codicia, odio racial, religioso, de género o a la orientación sexual, identidad de género o su expresión”.
Laincorporación de la figura del femicidio al Código Penal es un viejo reclamo de las organizaciones sociales y de derechos humanos que exigen que se reconozcan como tales los crímenes en los que las víctimasfueron asesinadas por su condición de mujer.
Ley de identidad de género o sexual
Toda persona mayor de 16 años de edad, podrá solicitar la rectificación del nombre, el sexo e imagen registral entodos aquellos registros públicos en los que figuren tales datos y que no coincidan con su género autopercibido.
Se comprende por identidad de género a la vivencia interna e individual del génerotal como cada persona la siente profundamente, la cual podría corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento, incluyendo la vivencia personal del cuerpo (que podría involucrar la...
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