El jardin de al lado
Las acciones no suscritas por los accionistas no podrán ser ofrecidas a terceros a valores inferiores o en condiciones másventajosas que aquéllos. En las sociedades anónimas abiertas, deberá observarse lo dispuesto en el inciso anterior, a lo menos por los 30 días siguientes a la fecha del vencimiento del plazo de la ofertapreferente. Transcurrido este plazo, las acciones podrán ser ofrecidas a terceros en condiciones y precios diferentes a los de la oferta preferente, siempre que estas ofertas a terceros se hagan enbolsas de valores.
Artículo 30.- Cuando una sociedad efectúe una oferta preferente de suscripción de acciones de pago, deberá poner a disposición de los accionistas con derecho a ella, certificadosfirmados por el gerente que dejen constancia de esta circunstancia.
Los accionistas con derecho a suscribir acciones o los cesionarios de las opciones, deberán manifestar por escrito a la sociedad, suintención de suscribirlas dentro del plazo de 30 días contando desde la fecha de la publicación a que se refiere el artículo anterior. Si nada expresan dentro de dicho plazo se entenderá que renunciana este derecho.
Artículo 31.- Las opciones para suscribir acciones de la sociedad, debentures convertibles en acciones o cualquiera otros valores que confiera derechos futuros sobre acciones sepodrán transferir sujetándose a las mismas formalidades que para la cesión de acciones se establecen en el artículo 15.
La cesión producirá efecto respecto de la sociedad y de terceros una vez que...
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