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Según dicha Declaración, “Si una isla o grupo de islas pertenecientes a uno de los paísesdeclarantes estuviere a menos de 200 millas de la zona marítima general que corresponde a otro de ellos, la zona marítima de esta isla o grupo de islas quedará limitadapor el paralelo del punto en que llega al mar la frontera terrestre de los Estados respectivos”. Esa disposición fue incluida para resolver el caso de las islasPuná, Santa Clara y otras que, si bien pertenecen al Ecuador, se encuentran también cerca del litoral peruano.
En ausencia de aquellas islas corresponde aplicarlas disposiciones pertinentes del derecho internacional, tales disposiciones las cuales fueron suscritas por la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derechodel Mar En resumen, la regla generalmente aplicable entre Estados de costas adyacentes (como es el caso del Perú y Chile) es la línea media o equidistante para ladelimitación del mar territorial (desde la costa hasta las 12 millas); y, tratándose de la zona económica, como también de la plataforma continental (entre las 12y las 200 millas), la delimitación debe hacerse por acuerdo entre las partes, recurriendo a las fuentes y a los medios previstos por el derecho internacional,
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