El notario y su compatibilidad con el ejercicio profesional
Partiendo de que según el Art. 3 de la Ley del Notariado para el Estado de Guanajuato, el notario es el profesional del Derecho aquien se ha investido de fe pública para ejercer la función notarial; y que en su listado de prohibiciones citadas en el siguiente artículo, no se estipula expresamente en ninguna de éstas el que no sepueda ejercer la profesión de abogado:
Art. 31 Se prohíbe a los notarios:
I. Ejercer la función notarial cuando existan circunstancias objetivas que les impidan actuar con imparcialidad;
II.Intervenir en actos o hechos que por Ley correspondan de manera exclusiva a algún servidor público;
III. Actuar en los asuntos o actos en que intervengan por sí o en representación de terceros, su cónyuge,concubina o concubinario, sus parientes consanguíneos o afines en línea recta sin limitación de grado, los consanguíneos en línea colateral hasta el cuarto grado, inclusive, y los afines en líneacolateral hasta el segundo grado; IV. Ejercer sus funciones si el acto o hecho es de su interés, del de su cónyuge, de su concubina o concubinario o de alguno de los parientes a quese refiere la fracción anterior; V. Ejercer sus funciones si elobjeto o fin del acto es contrario a la Ley; VI. Recibir y conservar en depósito sumas de dinero, valores o documentos que representen numerario, con motivo de los hechos oactos en que intervengan excepto en los siguientes casos:
a) Que estén destinados alpago de gastos, impuestos o derechos causados por las actas o escrituras;
b) Cheques librados a favor de bancos, instituciones o sociedades nacionales de crédito en pago de adeudos garantizados...
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