EL ORAL CONVENIO
DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES
VS
JOSE LUIS MORENO BUSTAMANTE
JUICIO: ORAL ESPECIAL HIPOTECARIO
EXPEDIENTE: 193/2015
C. JUEZ DE INSTRUCCIÓN ORAL CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE CANCUN, QUINTANA ROO.
PRESENTE:
LIC. NATALIE HERNANDEZ GONZALEZ, con la personalidad que tengo debidamente acreditada en autos del expediente al rubro identificado, así como el C.JOSE LUIS MORENO BUSTAMANTE en su carácter de parte demandada en el expediente en que se actúa, con domicilio para oír toda clase de notificaciones los señalados con posterioridad, ante usted C. juez, con el debido y merecido respeto comparecemos para exponer:
Por medio del presente escrito nos presentamos ante su Señoría a fin de hacerlo sabedor de que hemos llegado al libre acuerdo devoluntades tendiente a la celebración de un CONVENIO DE TRANSACCIÓN JUDICIAL, a efecto de poner fin a la controversia planteada en la causa civil al rubro identificada, convenio en virtud del cual las partes nos otorgamos reciprocas concesiones y que por no contener disposiciones contrarias a la moral ni a las leyes del orden público, solicitamos sea aprobado en sus términos y elevado a la categoría deCOSA JUZGADA, a fin de que surtan los efectos de una SENTENCIA EJECUTORIADA, con fundamento en los artículos 417, 418 y 419 del Código de Procedimientos civiles vigente en el Estado, obligándose las partes a estar, pasar y sujetarnos al contenido del mismo en todo tiempo y lugar. Convención contractual que ambas partes sujetamos a las siguientes declaraciones y cláusulas:
DECLARACIONES
Declaranlas partes de este instrumento, el “INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES”, por conducto de su apoderado legal, la LIC. NATALIE HERNANDEZ GONZALEZ, así como el C. JOSE LUIS MORENO BUSTAMANTE, a quien en lo sucesivo y para los efectos del presente instrumento se les podrá denominar; al primero como la “PARTE ACTORA” y al segundo como la “PARTE DEMANDADA”, respectivamente:I.- Que en la ciudad de Cancún, Quintana Roo; con fecha 27 de Julio de 2004, el hoy demandado celebró un CONTRATO DE OTORGAMIENTO DE CREDITO Y CONSTITUCION DE GARANTIA HIPOTECARIA, mismo que constituye la base de la acción intentada en la causa legal en la que se actúa , mediante el cual el “INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES” con el carácter de parte acreditante,concedió a la “PARTE DEMANDADA”, en su calidad de parte acreditada, un crédito al que las partes identificaron con el número 2304038733, por un monto de 142.4451 veces de salario mínimo mensual del Distrito Federal, importe que el acreditado dispuso y destinó al pago de las cargas financieras derivadas de la operación crediticia referida, así como al pago de la operación traslativa de dominio, através de la cual dicha persona física adquirió la propiedad del inmueble ubicada en la CASA NUMERO CIENTO NOVENTA Y UNO, CONDOMINIO DENOMINADO "BAHIA DE LA ASCENCION I"UBICADO SOBRE EL LOTE CERO TRES DE LA MANZANA VEINTIOCHO, REGION SETENTA Y NUEVE, CALLE BAHIA DE LA ASCENCION DEL FRACCIONAMIENTO "LA GUADALUPANA-PLAYA” DE ESTA CIUDAD DE PLAYA DEL CARMEN, MUNICIPIO DE SOLIDARIDAD, DEL ESTADO DEQUINTANA ROO, la cual quedó inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio.
Dicho acuerdo de voluntades quedo consignado en el contrato base de la acción del presente juicio; bajo la escritura pública número 2,562 de fecha 27 de Julio de 2004, pasada ante la Fe del Licenciado JOSE IGNACIO LORIA MUÑOZ, Notario Público titular número 35 en ejercicio, con residencia en esta Ciudad.II.- Con motivo del crédito ejercido, “LA PARTE DEMANDADA”, se obligó, entre otras cosas, a lo siguiente:
a) A pagar al “INFONAVIT”, intereses ordinarios a razón de una tasa de interés de 8.1 % (ocho punto uno por ciento) anual sobre saldos insolutos, la cual se determina en función de su salario integrado al momento del otorgamiento de crédito. De igual forma, la parte acreditada se obligó para...
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