El papel del administrador en la sociedad anónima
ANÓNIMA
La sociedad anónima, para su vida de relación interna y externa, necesita valerse de un órgano ejecutivo y representativo a la vezque lleve a cabo la gestión cotidiana de la sociedad y la represente en sus relaciones jurídicas con terceros considerando éste órgano como necesario y permanente. “Necesario” tanto para constituir comopara su posterior funcionamiento; la escritura fundacional habrá de designarlo inexcusablemente en sus estatutos (art.9 .h. LSA). “Permanente” porque despliega una actividad gestora dirigida a laconsecución de los fines sociales, sin solución de continuidad, al ejecutar los acuerdos de la Junta General y adoptar diariamente otras muchas decisiones en su ámbito de competencia. Su actuaciónacertada o desacertada hará prosperar a la sociedad o la llevará al fracaso.
En cuanto a su condición jurídica los administradores quedan investidos, en virtud del nombramiento, de los poderes ofacultades que la Ley o los Estatutos le confieran. Algunas facultades y deberes procedentes de la Ley, entre otros, son:
o Convocar Juntas Generales (art. 94)
o Informar a los accionistas (art. 112)
oFormular y firmar las cuentas anuales (art. 171)
Los Estatutos podrán concretar competencias que si no son expresamente recortadas, entenderá que quedan facultadas para realizar todas aquellasactividades adecuadas al mejor logro social y que no están encomendadas a la Junta General.
La actitud para ser administrador que exige la Ley no tiene caracteres especiales limitándose a establecerque puedan ser personas físicas o jurídicas y que, salvo que los estatutos digan lo contrario, no requiere la condición de accionista. La Ley lo que si hace, en su art. 124 de la Ley de SociedadesAnónimas (Decreto Legislativo 1564/89 de 22 de diciembre), en adelante LSA, es establecer una serie de supuestos en los cuales no se puede ser administrador, bien por falta de capacidad o bien por...
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