El Posotivismo
El Registrador y el Tribunal Registral, en sus respectivas instancias, al calificar
y evaluar los títulos ingresados para su inscripción, deberán:
a)Confrontar la adecuación de los títulos con los asientos de inscripción de la partida registral en la que se habrá de practicar la inscripción, y,
complementariamente, con los antecedentesregistrales referidos a la
misma, sin perjuicio de la legitimación de aquéllos. En caso de existir
discrepancia en los datos de identificación del titular registral y del sujeto
otorgante del acto, elRegistrador, siempre que exista un convenio de
interconexión vigente, deberá ingresar a la base de datos del RENIEC, a fin
de verificar que se trata de la misma persona;
b) Verificar la existencia deobstáculos que emanen de la partida en la que
deberá practicarse la inscripción, así como de títulos pendientes relativos a
la misma que puedan impedir temporal o definitivamente la inscripción.c) Verificar la validez y la naturaleza inscribible del acto o contrato, así como la
formalidad del título en el que éste consta y la de los demás documentos
presentados;
d) Comprobar que el actoo derecho inscribible, así como los documentos que
conforman el título, se ajustan a las disposiciones legales sobre la materia y
cumplen los requisitos establecidos en dichas normas;
e)Verificar la competencia del funcionario administrativo o Notario que
autorice o certifique el título;
f) Verificar la capacidad de los otorgantes por lo que resulte del título, de la
partida registralvinculada al acto materia de inscripción y
complementariamente de sus respectivos antecedentes; así como de las
partidas del Registro Personal, Registro de Testamentos y Registro de
SucesionesIntestadas debiendo limitarse a la verificación de los actos que
son objeto de inscripción en ellos;
g) Verificar la representación invocada por los otorgantes por lo que resulte del
título, de la...
Regístrate para leer el documento completo.