el proceso penal
EL PROCESO PENAL ORDINARIO
El proceso penal se inicia a través de una denuncia, querella, de oficio, flagrancia o mediante el procedimiento de partes.
1. La Denuncia.
La hace la parte agraviada, la victima ante cualquier organismo o funcionario del Ministerio Publico, de forma escrita o verbal y es el acto mediante el cual una personacualquiera comunica a las autoridades judiciales o al Ministerio Público acerca de la comisión de un delito. Todo funcionario de instrucción está obligado a oír y dejar por escrito cualquier denuncia que se quiera formalizar, respecto de la comisión de algún hecho punible que fuere de acción pública. Cabe destacar que al pie de dicha denuncia se debe extender el auto de proceder, acordando evacuarlas citas que en ellas se hallen, y todo lo demás que sea conducente a la averiguación del hecho y de los culpables.
La denuncia es un elemento previo y procreador de la imputación de un hecho punible, pero no obstante a este existen otros medios diferentes a éste, es decir, de oficio como lo hemos señalado anteriormente, por querella o por flagrancia, razón por la cual, muchos legisladoresvenezolanos han concluido que la denuncia no es un requisito indispensable del proceso penal.
Facultades: Artículo 267 C.O.P.P Cualquier persona que tenga conocimiento de la comisión de un hecho punible puede denunciarlo ante un o una Fiscal del Ministerio Público o un órgano de policía de investigaciones penales.
Artículo 268. La denuncia podrá formularse verbalmente o por escrito y deberá contener laidentificación del o la denunciante, la indicación de su domicilio o residencia, la narración circunstanciada del hecho, el señalamiento de quienes lo han cometido y de las personas que lo hayan presenciado o que tengan noticia de el, todo en cuanto le constare al o la denunciante. En el caso de la denuncia verbal se levantará un acta en presencia del o la denunciante, quien la firmará junto conel funcionario o funcionaria que la reciba. La denuncia escrita será firmada por el o la denunciante o por un apoderado o apoderada con facultades para hacerlo. Si el o la denunciante no puede firmar, estampará sus huellas dactilares.
Según el C.O.P.P la denuncia es obligatoria:
1. En los particulares, cuando se trate de casos en que la omisión de ella sea sancionable, según disposición delCódigo Penal o de alguna ley especial.
2. En los funcionarios públicos o funcionarias públicas, cuando en el desempeño de su empleo se impusieren de algún hecho punible de acción pública.
3. En los médicos o médicas y demás profesionales de la salud, cuando por envenenamiento, heridas u otra clase de lesiones, abortos o suposición de parto, y cualquier otra circunstancia que haga presumir lacomisión de un delito, hayan sido llamados o llamadas a prestar o prestaron los auxilios de su arte o ciencia.
2. Acusación.
La acusación es la atribución creada por parte del órgano acusador a una persona, de alguna forma de participación (autor, co–autor, cómplice, instigador) en un hecho punible, y el pedido de que sea sometida a juicio oral y público, para que en su transcurso el acusador intenteprobar su responsabilidad penal y, si lo logra, el tribunal le imponga la sanción o pena prevista por la ley.
En toda causa iniciable de oficio, cualquier particular, agraviado o no, podrá constituirse acusador ante cualquier Tribunal competente para la instrucción del sumario respectivo. El Fiscal del Ministerio Publico denunciará aquellos delitos que sin ser de acción privada, no puedanenjuiciarse sino a instancia suya o por acusación de los particulares.
Por supuesto que en los delitos de acción privada solo puede procederse al enjuiciamiento si la parte ofendida o su representante legal formulan la acusación, pero si el ofendido no puede hacer la denuncia o acusación por su edad o estado mental, ni tiene representante legal el Ministerio Público debe ejercer la acción penal. Se...
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