El recurso administrativo de revocacion
EJEMPLO 1.
SUPUESTO.- Irregularidades en el Citatorio de la orden, por no precisar el propósito para la espera.
MODELO DE AGRAVIOLa resolución que se combate resulta ilegal, por lo que no debe producir efecto de derecho alguno, toda vez que la misma es producto de una visita domiciliaria que tuvo lugar sin observar lodispuesto en la fracción II del artículo 44 del Código Fiscal de la Federación, en el que se previene que en el caso de que al presentarse los visitadores en el lugar en donde debe practicarse la diligencia, no estuviere el visitado o su representante legal, habrá de dejarse citatorio con la persona que se encuentre en el lugar, a efecto de que el visitado espere a hora determinada del día siguientePARA RECIBIR LA ORDEN DE VISITA.En efecto, en el citado numeral se expresa:"Artículo 44.- En los casos de visita en el domicilio fiscal, las autoridades fiscales, los visitados, responsables solidarios y los terceros estarán a lo siguiente:"(...) II.- Si al presentarse los visitadores al lugar en donde deba practicarse la diligencia, no estuviere el visitado o su representante, dejarán citatoriocon la persona que se encuentre en dicho lugar para que el mencionado visitado o su representante los esperen a hora determinada del día siguiente para recibir la orden de visita; si no lo hicieren, la visita se iniciará con quien se encuentre en el lugar visitado. (...)"De lo anterior se desprende que en el caso previsto por la fracción II del artículo 44 del Código Fiscal de la Federación, en elcitatorio se debe consignar que la presencia del visitado o de su representante legal al día siguiente, es precisamente para que reciba, uno u otro, la orden de visita.Como puede observarse, del contenido del citatorio no se desprende de ninguna manera que la Fiscalizadora haya expresado que la cita era para que se recibiera una orden de visita, situación que de conformidad con el artículo 44,fracción II, del Código Fiscal de la Federación, afecta de manera directa los derechos de la promovente, en virtud de que al ser dicha orden un acto de autoridad mediante el que se pretende incursionar en el domicilio de aquélla, es necesario que se cumplan las formalidades y exigencias establecidas en el precepto antes mencionado para que se salvaguarde la garantía de seguridad jurídica de la hoyRecurrente, por lo que al no haber aclarado la autoridad en el citatorio que la presencia del visitado o de su representante legal tenía como propósito el que recibiera una orden de visita domiciliaria, el documento deviene ilegal al violarse en perjuicio de la actora lo dispuesto por el referido artículo 44, fracción II, máxime si se tiene presente que su interpretación es estricta en términos deldiverso numeral 5° del Ordenamiento Fiscal, de lo que se desprende que el citatorio que con fundamento en aquel artículo se emite, tiene como objeto el sujetar al contribuyente a la espera de una orden de visita y, consecuentemente, debe precisarse en él qué objeto tiene el que se reciba por parte del requerido la orden de visita que lo motiva, dado que tal cuestión tiene los alcances de que elvisitado decida con conocimiento de causa si acata o no el citatorio, puesto que esa disposición legal prevé el que se salvaguarde la seguridad jurídica del contribuyente, dado que la trascendencia de la incursión de la autoridad en el domicilio puede tener el alcance de afectar los intereses jurídicos del visitado.A lo anterior, se suma el que la lectura del precepto 44, fracción II en cita, nodeja lugar a dudas acerca de que el legislador depositó en la autoridad la obligación de señalar el objeto del citatorio, toda vez que si no se actúa de ese modo, el receptor o destinatario del documento ignorará el porqué y para qué se le deja el mismo, circunstancia que le afecta de manera directa en razón de que al no esperar a los visitadores en el día y a la hora señalados, se seguiría la...
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