El recurso de amparo
a) Naturaleza del recurso de amparo:
El recurso de amparo lo prevé la Constitución en el segundo inciso del artículo 53.2. Amparo es un recurso extraordinario y excepcional.
Esto es lo que diferencia, ante todo, al amparo constitucional del amparo judicial. El amparo judicial es un recurso no ordinario, ya que se trata de un procedimiento especial distintodel que se sigue ordinariamente en cualquiera de las jurisdicciones ordinarias y particularmente en la jurisdicción contencioso-administrativa. Pero no es un recurso excepcional, sino al contrario, un recurso normal, en la medida en que está uniformemente a disposición de todos los ciudadanos para reaccionar frente a cualquier vulneración de uno de los derechos comprendidos entre los artículos 14y 29 más el 30.2. CE. Ese es su sentido, el de ser la vía normal para la protección de los derechos fundamentales y libertades públicas.
El amparo constitucional, por el contrario, es un recurso extraordinario y excepcional. La protección de los derechos a través del recurso de amparo ni es ni debe ser la norma, sino la excepción. Más aún, en pluralidad, el recurso de amparo no es uninstrumento para la protección de los derechos, sino un instrumento para cuando falla la garantía de protección de los derechos, para corregir los errores que se puedan cometer en el interior del sistema de protección de los derechos diseñado por el constituyente.
Ésta es la razón por la que la LOTC, ha configurado el recurso de amparo como recurso subsidiario, al que sólo se puede acudir cuandose ha agotado la vía judicial previa. Este carácter o naturaleza excepcional del recurso de amparo se manifiesta de forma múltiple.
En primer lugar, se manifiesta en la entrada del recurso, esto es, en el sentido que tiene el trámite de admisión previsto en el artículo 50 LOTC, que es muy distinto del que tiene dicho trámite en el amparo judicial. En este el trámite de admisión no tienecarácter constitutivo de la naturaleza del recurso, sino que es simplemente un expediente práctico para evitar el “abuso” de la vía extraordinaria y su transformación en una vía ordinaria. El trámite de admisión en el amparo judicial tiene una función puramente negativa: se trata de certificar no que la demanda tiene contenido constitucional y debe tramitarse, en consecuencia por el procedimientoordinario. Por el contrario, en el amparo constitucional el trámite de admisión tiene un carácter constitutivo de la naturaleza del recurso y su función es básicamente positiva: se trata de certificar que la demanda tiene un contenido constitucional. El trámite de admisión en el amparo constitucional no es un expediente práctico para descartar una vía que no es la idónea, sino que es el instrumentopara certificar que el recurso se interpone es un amparo constitucional.
Pero el amparo constitucional no es sólo excepcional a la entrada, sino también a la salida. La sentencia en el amparo constitucional es completamente distinta que en el acaparo judicial. En éste la sentencia adopta una decisión material sobre todos los extremos necesarios para administrar justicia, para dar a cada uno losuyo. El Tribunal ordinario, por tanto, no sólo constata si se ha producido o no una vulneración de un derecho fundamental, sino que decide además sobre todas las consecuencias que tal constatación comporta.
En el amparo constitucional la sentencia únicamente resuelve, sobre la vulneración del derecho fundamental del que se trate y repone las actuaciones en el momento en que se produjo talvulneración, a fin de que continúe el procedimiento judicial ordinario y se administre la justicia que corresponda sin vulneración de derecho fundamental alguno.
El recurso de amparo es, por tanto, un recurso de naturaleza exclusivamente constitucional, en el que ni interesa ni debe interesar la disputa o conflicto que subyace al mismo, sino únicamente si en la resolución de dicho...
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