El salvador
CAPITULO I
DISPOSICIONES FUNDAMENTALES
Art. 1.- Se reconoce y garantiza la propiedad privada en función social.
Cumplencon la función social las tierras cuya extensión esté dentro de los límites de reserva que establece esta ley y que además reúnan los requisitos siguientes:
a)Que la explotación se haga directamente por su propietario o poseedor;
b) Que la explotación garantice un mínimo de producción y productividad, de acuerdo a losniveles de promedio nacional para el producto de que se trate;
c) Que la explotación se efectúe de acuerdo a los planes de desarrollo agropecuario trazadospor el Estado;
d) Que se manejen, conserven y protejan apropiadamente el suelo, el agua, y demás recursos naturales renovables; y
e) Que se cumpla conlas leyes laborales y de seguridad social.
Los requisitos a que se refieren los literales b),c) y d) de este artículo serán regulados por un reglamento especial.Art. 2.- Para los efectos de la presente ley se entenderá por reforma agraria la transformación de la estructura agraria del país y la incorporación de su poblaciónrural al desarrollo económico, social y político de la nación, mediante la sustitución del sistema latifundista por un sistema justo de propiedad, tenencia y explotación dela tierra, basada en la equitativa distribución de la misma, la adecuada organización del crédito y la asistencia integral para los productores del campo a fin de quela tierra constituya para el hombre que la trabaja, base de su estabilidad económica, fundamento de su progresivo bienestar social y garantía de su libertad y dignidad.
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