El Tipo Infracional Del Art 954 Y Su Diferencia Objetiva Con La Modalidad De Contrabando Del Art 864 Inc B Del C Digo Aduanero

Páginas: 23 (5727 palabras) Publicado: 22 de abril de 2015
resumen ejecutivo del trabajo

Titulo: El tipo infracciónal del art 954 Y SU DIFERENCIA OBJETIVA CON LA FIGURA DE CONTRABANDO PREVISTA EN EL ART. 864, INC. B)

Autor: Guillermo Vidal albarracin (h)

Resumen:
Se intentará demostrar que la diferencia que existe entre la infracción prevista en el art. 954 del Cód. Aduanero denominada “declaración inexacta” y la modalidad delictiva prevista en elart. 864, inc. b) del mismo ordenamiento se encuentra en el plano objetivo de la conducta, lo que permitirá precisar el elemento subjetivo del tipo de la infracción.
En tal sentido, se parte de la postura que sostiene que el criterio diferenciador entre ambos ilícitos debe partir de un análisis de la afectación del bien jurídico en juego, esto es, de la mayor o menor entidad de la conducta paraimpedir o dificultar el control del servicio aduanero sobre las importaciones y las exportaciones.
De tal manera, se considera que la distinción debe centrarse en el plano objetivo de la conducta, cuya entidad determinará si estamos ante un delito o una infracción aduanera.
A tal resulta comenzar comparando la figura del art. 864, inc. b) con la modalidad de contrabando del art. 863. Así,limitando nuestro análisis al aspecto objetivo de la figura, se advierte que mientras el tipo amplio del delito de contrabando establecido en el art. 863 del Código Aduanero, requiere de una acción u omisión “ardidosa” que al menos dificulte “el adecuado ejercicio de las funciones que las leyes acuerdan al servicio aduanero para el control sobre las importaciones y las exportaciones”, la modalidad delart. 864, inc. b) sólo necesita de una “acción u omisión” pero con entidad para al menos dificultar “el control del servicio aduanero”.
Atento que tales diferencias surgen del propio texto de la ley cabe preguntarse: ¿es lo mismo afectar “el adecuado ejercicio de las funciones que las leyes acuerdan al servicio aduanero para el control sobre las importaciones y las exportaciones” que “el control delservicio aduanero a los fines de la importación y exportación”?
En tal sentido, se propone sostener que en la hipótesis de contrabando del art. 863 se incluyen las acciones ardidosas que tienden a dificultar el adecuado ejercicio de todas las funciones aduaneras establecidas directa o indirectamente para el control aduanero. Mientras que en la modalidad del art. 864, inc. b) se tienen enconsideración sólo las que afectan directamente esa función de control del tráfico internacional de mercaderías. Esto es, hay un recorte objetivo funcional.
La diferencia apuntada permite precisar aún más el aspecto objetivo de la hipótesis de contrabando del art. 864, inc. b) que exige que la conducta tenga entidad para hacer incurrir en error al servicio aduanero, pero respecto de su función esencial decontrol del tráfico internacional de mercaderías.
De tal manera, según la interpretación que aquí se propone, una declaración mendaz respecto al valor de la mercadería o una inexactitud referida a la clasificación arancelaria solo podría, según el caso, encuadrar objetivamente en la figura infraccional del art. 954 del Cód. Aduanero y no en el art. 864 inc. b) toda vez que se trata de accionesque afectan la función de clasificación y valoración.
Al respecto cabe señalar que aún luego de la derogación del art. 957 del Cód. Aduanero se sigue sosteniendo que la declaración aduanera se realiza para permitir la clasificación arancelaria y valoración por parte del servicio aduanero y no para permitir al mismo el control de dicha clasificación y valoración.
Es decir, no habría una acción uomisión que dificulte el control del servicio aduanero, sino una acción que dificulta el ejercicio de su función de clasificar y valorar y sólo indirectamente el control aduanero.
Así, cabe concluir que la figura infraccional del art. 954 se aplica en los supuestos de declaraciones inexactas que afecten la función de clasificación y valoración, el art. 863 se aplicará cuando tales declaraciones...
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