EL TRÁMITE DE AMPARO EN GUATEMALA
El Recurso de Amparo está legislado en la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad, Decreto 1-86 de la Asamblea Nacional Constituyente.
INICIO:Para dar inicio al trámite de éste Recurso, la petición debe hacerse dentro del plazo de los 30 días siguientes al de la última notificación al afectado o de conocido por éste el hecho que a su juiciole perjudica Excepción: En materia electoral el plazo es de 5 días para su interposición. PRIMERA RESOLUCIÓN: En la cual se admite para su trámite el Amparo, se solicitan los antecedentes o en sudefecto el informe circunstanciado; se podrá pronunciar sobre el otorgamiento del Amparo Provisional. Si no llena los requisitos se ordena que subsane en el plazo de 3 días, Si no cumple con lospresupuestos de procedibilidad se decretará Suspensión definitiva. NOTIFICACIONES: La Autoridad impugnada dentro de las 48 horas debe remitir los antecedentes o informe circunstanciado. Recibidoslos antecedentes o el informe, el Tribunal deberá confirmar o revocar la suspensión provisional si se hubiere decretado. Se emite la Primera Audiencia, en la cual las partes podrán alegar dentro delplazo de 48 horas, y se notificará a las partes procesales.
VENCIMIENTO DEL PLAZO: Vencido el término hayan alegado o no las partes, el tribunal está obligado a resolver, pero si hubiere hechos queestablecer abrirá a prueba el Amparo, por el término de 8 días (éste plazo es improrrogable). Se notificará a las partes procesales Excepción: Los Tribunales de amparo podrán relevar de la prueba enlos casos que a su juicio no sea necesario, pero la tramitaran obligadamente si fuera pedida por el solicitante. Concluido el término probatorio, el tribunal dará audiencia a las partes por eltérmino de 48 horas, Si al evacuar la audiencia las partes solicitaron que se vea el caso en Vista Pública ,esta se efectuará el último de los tres días siguientes a la hora que señale el Tribunal.
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