el transporte
PARTES
• ACTOR: Pablo Alfredo Laurenzano
• DEMANDADO: Unidad Ejecutara Plan Ferroviario Provincial U.E.P.F.
HECHOS
EL 19 de junio de 1999, en horas de la madrugada, el actor sufrió un accidente cuando se encontraba viajando como pasajero en una formación ferroviaria perteneciente ala accionada que partió a las 12 hs. Del día 18 de junio de 1999, desde la estación Constitución con destino a la Ciudad de mar del Plata.
Al arribar el tren al km. 383 de la Ruta Nacional nº 2, a la altura de Cobas, fue atacado por una patota formada por cinco personas, quienes luego de propinarle varios golpes y sustraerle la vestimenta, lo arrojaron del vagón con el tren en marcha,encontrándose las puertas de éste, abiertas. La cantidad de pasajeros era mucho mayor a la habitual, pues ese día se presentaba en Mar del Plata, el grupo de Rock "Los Redonditos de Ricota", lo que era de conocimiento de la accionada, a punto tal que debió agregar una formación adicional, ante la cantidad de jóvenes que viajaban.
ARGUMENTO PARTE ACTORA: Reclama por los daños sufridos, fundándose en el Art.184 del Código de Comercio.
ARGUMENTO PARTE DEMANDADA: en primera instancia y contestando la demanda, la demandada, niega cada uno de los hechos esgrimidos en la demanda, y sostiene en apretada síntesis, que encuadrado el hecho en el marco de las prescripciones del art. 184 del Código de Comercio, que establece que "en caso de muerte o lesión de un viajero, acaecido durante el transporte... laempresa está obligada al pleno resarcimiento de los daños y perjuicios, no obstante cualquier pacto en contrario, a menos que pruebe que el accidente provino de fuerza mayor o sucedió por culpa de la víctima, o de un tercero por quien la empresa no sea civilmente responsable". , y por lo tanto las lesiones sufridas por el actor, son producto del accionar de terceros (integrantes de una patota) porquienes la empresa no debe responder. Tal vandálica situación, de "haber existido" dice la emplazada, se constituye en un claro ejemplo de "caso fortuito" (art. 514 del CC), que aun habiendo podido preverse, no pudo evitarse
RESOLUCIÓN DE
PRIMERA INSTANCIA:
El "A quo", dentro del marco contractual (art. 184 del Cód. Com.), y elementos de juicio obrantes en la causa, tuvo por acreditados losextremos invocados en el inicio, ES DECIR LA CALIDAD DE PASAJERO DE LA VÍCTIMA Y POR ENDE DEL CONTRATO DE TRANSPORTE, y resultando insuficientes a su juicio, las medidas probatorias producidas por la accionada para acreditar su falta de responsabilidad, hace lugar a la demanda instaurada.
LA CÁMARA:
La Cámara modificó el decisorio recurrido, elevándose el quantum otorgado en concepto de"Incapacidad sobreviniente" a la cantidad de $ 30.000 y confirmó lo demás que decide, manda y fuera objeto concreto de agravios, imponiéndose las costas de Alzada en un 80 % a cargo de la demandada y el 20 % restante en cabeza de la actora la resolución recurrida. Y confirmó el monto por daño moral.
Se basó en las siguientes consideraciones:
- Considera que la obligación de quien transporta es deresultado y no de medio, cuyo incumplimiento resulta de no alcanzar el resultado previsto.
- La falta de culpa de la empresa de transporte debe ser juzgada con criterio estricto, ya que el Art. 184 impone una pena resarcitoria medie o no culpa, con estrictas eximentes. Constituye una culpa objetiva, impuesta por el legislador por razones de política en materia de transporte.
- La demanda seencontraba en condiciones de prever la ocurrencia de situaciones como las del caso en tratamiento.
- La culpa de un tercero por el que la empresa no sea civilmente responsable (eximente invocado), constituye un supuesto particular de caso fortuito y en consecuencia, para ser admitido como causa de exoneración de responsabilidad del transportista, debe ser imprevisible e irresistible, recayendo...
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