El Tributo
Sábados-Del 24 de marzo al 23 de junio de 2012
Lugar: Fac. de Derecho y CC. PP. de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos
Horario: 09:00 a 13:00
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TEMARIO:
— El Crédito y las Operaciones Financieras
— El Crédito y su Estructura
— Sistema de Garantías en el Perú
— La Hipoteca
— Casuística Registral de la Hipoteca
— Casuística Registralde la Garantía Mobiliaria
— Garantía Mobiliaria
— Garantías Personales
— Otras Formas de Garantía
— El Contrato de Crédito
— Cláusulas de Estilo en el Contrato de Crédito
— Reglas Generales a los Títulos Valores
— Letra de Cambio, Pagaré y Cheque
— La Acción Cambiaria y la Acción Causal
— Casuística Jurisprudencial en los Títulos Valores
— El Proceso Único de Ejecución
— El Proceso deEjecución de Garantías
— La Ejecución Forzada
— El Remate Judicial
— Medidas Cautelares
— Otras Acciones Judiciales Complementarias
TEMARIO:
— El Crédito y las Operaciones Financieras
— El Crédito y su Estructura
— Sistema de Garantías en el Perú
— La Hipoteca
— Casuística Registral de la Hipoteca
— Casuística Registral de la Garantía Mobiliaria
— Garantía Mobiliaria
— GarantíasPersonales
— Otras Formas de Garantía
— El Contrato de Crédito
— Cláusulas de Estilo en el Contrato de Crédito
— Reglas Generales a los Títulos Valores
— Letra de Cambio, Pagaré y Cheque
— La Acción Cambiaria y la Acción Causal
— Casuística Jurisprudencial en los Títulos Valores
— El Proceso Único de Ejecución
— El Proceso de Ejecución de Garantías
— La Ejecución Forzada
— El Remate Judicial— Medidas Cautelares
— Otras Acciones Judiciales Complementarias
LA NOTIFICACION EN MATERIA TRIBUTARIA, Aspectos Generales
*Carmen del Pilar Robles Moreno
Profesora de Derecho Tributario en la Pontificia Universidad Católica del Perú y de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos.
**Pablo HuapayaGarriazo
Asistente de Cátedra de Derecho Tributario – Parte General de la UNMSM.Coordinador Académico del Grupo de Estudios Fiscales de la UNMSM y miembro de la Asociación de Estudios Fiscales.
1.- Introducción
Estamos acostumbrados a escuchar sobre la notificación de actos administrativos tributarios como la Resolución de Determinación, la Resolución de Multa, la Orden de Pago, la Resolución de Ejecución Coactiva, entre otros.
La notificación de estos actosadministrativos, como de cualquier otro acto administrativo debe contener las garantías necesarias que el Estado debe otorgar a los administrados para asegurar su derecho de defensa, constituyendo de por si no solo un derecho de los administrados o contribuyentes, sino además una garantía jurídica frente a la actividad de la Administración Pública, y entre ellas de la Administración Tributaria.
Por ello,en esta oportunidad, efectuaremos un primer acercamiento a la institución de la notificación, haciendo especial énfasis en la notificación de los actos administrativos tributarios, analizando cual es el concepto que se maneja, sus fines, el contenido, así como las clases de notificación y el tratamiento adoptado por el legislador peruano.
2.- Concepto
Podemos verlo desde el punto de vista delcontenido o fondo o desde el punto de vista del procedimiento.
Desde el contenido, notificar es comunicar un mensaje de la Administración Tributaria hacia el administrado. No tiene contenido propio, pues trasmite el contenido del acto que notifica, que es un acto que lo precede. En este sentido, no es un acto administrativo ya que no es una declaración de voluntad, sino una comunicación deesta.
Desde el punto de vista del procedimiento, notificar es un trámite, una diligencia 1 indispensable para que exista un acto administrativo, que podrá dar inicio a un procedimiento administrativo.
Ahora bien, la notificación no es una mera puesta en conocimiento del particular de una resolución, sino que debe expresar la certeza, la certidumbre de la fecha en la cual se efectúa la...
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