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Ley de Procedimientos Administrativos para la Provincia de Salta
Título I
Ambito de Aplicación
Art. 1º.- Esta ley regirá toda la actividad administrativa estatal, provincial y municipal, como la de entidades descentralizadas, con excepción de aquella que rige los organismos de seguridad y la que tenga un régimen establecido por ley especial, caso en el que se aplicarán lasdisposiciones de la presente como supletorias. Igualmente se aplicará en forma supletoria a los entes públicos no estatales en cuanto ejerzan función administrativa.
Título II
Entidades y Organos con funciones administrativas
Capítulo I
Competencia
Sección I
De la Competencia en general
Art. 2º.- La competencia de los órganos administrativos será la que resulte en forma expresa o razonablementeimplícita, según los casos: de la Constitución Provincial, de las leyes y de los reglamentos dictados en su consecuencia. Es irrenunciable e improrrogable, debiendo ser ejercida directa y exclusivamente por el órgano que la tiene atribuida como propia, salvo los casos de delegación sustitución o avocación previstos por las disposiciones normativas pertinentes.
La demora o negligencia en elejercicio de la competencia o su no ejercicio cuando el mismo correspondiere, constituye falta reprimible, según su gravedad, con las sanciones previstas en la normas especiales, sin perjuicio de la responsabilidad civil, penal o política en que incurriere el agente.
Art. 3º.- Compete a los órganos inferiores en la jerarquía administrativa, además de lo que otras disposiciones establezcan, produciraquellos actos que consisten en la simple confrontación de hechos o en la aplicación rutinaria de normas claras; pero no podrán:
a Rechazar escritos ni pruebas presentadas por los interesados, ni negar el acceso de ésos y sus representantes o letrados a las actuaciones administrativas, en cualquier estado en que se encuentren, sin perjuicio de lo dispuesto en el art. 141.
b Remitir al archivoexpedientes, sin decisión expresa emanada de órgano superior competente, notificada al interesado y firme, que así lo ordene.
Art. 4º.- La incompetencia podrá ser declarada en cualquier estado y grado del procedimiento, de oficio o a pedido de parte.
Sección II
Conflictos de Competencia
Art. 5º.- Los conflictos de competencia serán resueltos:
a Por el Ministro respectivo, si se plantearan entreórganos dependientes del mismo ministerio.
b Por el Gobernador, si fueren interministeriales, o entre órganos centralizados o desconcentrados y entidades descentralizadas, o entre éstas entre sí.
c Por el órgano inmediato superior a los en conflicto, en los demás casos.
Art. 6º.- En los conflictos de competencia deberán observarse las siguientes reglas:
a Declarada la incompetencia, conformea lo dispuesto en el art. 4º, se remitirán las actuaciones a quien se estime competente, y si este órgano las rehusare, deberá someterlas a la autoridad habilitada para resolver el conflicto.
b Cuando dos órganos se encuentren entendiendo en el mismo asunto, cualquiera de ellos, de oficio o a petición de parte, requerirá de inhibición al otro; si éste mantiene su competencia, elevará sin mástrámite las actuaciones a quien deba resolver.
c La decisión de los conflictos de competencia se tomará sin otra sustanciación que el dictamen jurídico del órgano consultivo correspondiente y, si fuere de absoluta necesidad, con el dictamen técnico que el caso requiera.
d Resuelto el conflicto las actuaciones serán remitidas a quien deba proseguir el procedimiento.
e Los plazos previstos en esteartículo para la remisión de las actuaciones serán de dos días y, para producir dictamen y dictar decisión, de cinco días, respectivamente.
Sección III
De la Delegación de Competencia y la Avocación
Art. 7º.- El ejercicio de la competencia es delegable conforme a las disposiciones de esta ley, salvo norma expresa en contrario.
Art. 8º.- No podrá delegarse la facultad de dictar disposiciones...
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