Electoral
1. En los términos de los artículos 54 y 56 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, el Consejo General del Instituto procederá a la asignación de diputados y senadores electos
por el principio de representación proporcional conforme a los artículos 12 al 18 de este Código.
2. El Consejo General hará la asignación a que se refiere el párrafoanterior, una vez resueltas por
el Tribunal Electoral las impugnaciones que se hayan interpuesto en los términos previstos en la ley de la
materia y a más tardar el 23 de agosto del año de la elección
Artículo 194
1. Los partidos políticos, conforme a lo establecido en el párrafo 2 del artículo 192 de este Código,
podrán formular a la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores susobservaciones sobre los
ciudadanos inscritos o excluidos indebidamente de las listas nominales, dentro del plazo de veinte días
naturales a partir del 25 de marzo de cada uno de los dos años anteriores al de la celebración de las
elecciones.
4. Los partidos políticos podrán impugnar ante el Tribunal Electoral el informe a que se refiere el
párrafo anterior. En el medio de impugnación que seinterponga se deberá acreditar que se hicieron valer
en tiempo y forma las observaciones a que se refiere el párrafo 1 de este artículo, señalándose hechos y
casos concretos e individualizados, mismos que deben estar comprendidos en las observaciones
originalmente formuladas. De no cumplirse con dichos requisitos, independientemente de los demás que
señale la ley de la materia, será desechadopor notoriamente improcedente. El medio de impugnación se
interpondrá ante el Consejo General dentro de los tres días siguientes a aquel en que se dé a conocer el
informe a los partidos políticos.
PRECAMPAÑAS
Artículo 211
2. Al menos treinta días antes del inicio formal de los procesos a que se refiere el párrafo inmediato
anterior, cada partido determinará, conforme a sus Estatutos, elprocedimiento aplicable para la selección
de sus candidatos a cargos de elección popular, según la elección de que se trate. La determinación
deberá ser comunicada al Consejo General del Instituto dentro de las setenta y dos horas siguientes a su
aprobación, señalando la fecha de inicio del proceso interno; el método o métodos que serán utilizados;
la fecha para la expedición de la convocatoriacorrespondiente; los plazos que comprenderá cada fase
del proceso interno; los órganos de dirección responsables de su conducción y vigilancia; la fecha de
celebración de la asamblea electoral nacional, estatal, distrital o, en su caso, de realización de la jornada
comicial interna, conforme a lo siguiente:
a) Durante los procesos electorales federales en que se renueven el titular del PoderEjecutivo
federal y las dos Cámaras del Congreso de la Unión, las precampañas darán inicio en la tercera semana
de diciembre del año previo al de la elección. No podrán durar más de sesenta días.
REGISTRO DE CANDIDATURAS
Artículo 223
1. Los plazos y órganos competentes para el registro de las candidaturas en el año de la elección
son los siguientes
a) En el año de la elección en que serenueven el titular del Poder Ejecutivo federal y las dos
Cámaras del Congreso de la Unión, todos los candidatos serán registrados entre el 15 al 22 de marzo,
por los siguientes órganos:
I. Los candidatos a diputados de mayoría relativa, por los Consejos Distritales;
II. Los candidatos a diputados electos por el principio de representación proporcional, por el Consejo
General;
III. Loscandidatos a senadores electos por el principio de mayoría relativa, por los Consejos Locales
correspondientes;
IV. Los candidatos a senadores electos por el principio de representación proporcional, por el
Consejo General; y
V. Los candidatos a Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, por el Consejo General.
b. En el año de la elección en que solamente se renueve la Cámara de Diputados, los...
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