Elogio De Los Jueces
La calificativa de ventaja no se actualiza en un ilícito de homicidio, si éste fue resultado de la resistencia que el ofendido llevó a cabo al tratar de evitar la comisión de un diverso antisocial, toda vez que se trata de un delito emergente, cometido en forma intempestiva, en el cual, el activo, aun cuandoportaba arma de fuego, no tenía la certeza de que el pasivo se hallaba desarmado o inerme, ni tampoco era superior en fuerza física; por otra parte, tratándose de un delito emergente no siempre se pueden dar determinadas calificativas, pues éstas se deben estimar de acuerdo a la mecánica de los hechos y si además existió resistencia por parte del ofendido, resulta inconcuso el descartar lareferida ventaja.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL TERCER CIRCUITO.
T.C.
Amparo directo 325/92. Victoriano Rodríguez García. 3 de febrero de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Homero Ruiz Velázquez. Secretario: Francisco Javier Villaseñor Casillas.
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito. Fuente: Semanario Judicial de la Federación, Octava Epoca. Tomo XII, Agosto de1993. Pág. 599. Tesis Aislada.
HOMICIDIO SIMPLE Y NO CALIFICADO. CUANDO EL ACTIVO SE ENCUENTRA EN ESTADO DE EBRIEDAD.
Si un homicidio es cometido encontrándose su autor en estado de ebriedad y no se prueba que tal estado haya sido por ingerir bebidas en forma involuntaria, no se acredita la eximente respectiva, pero sí sirve para no considerar al homicidio como premeditado, cometido conalevosía o con ventaja.
TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL SEPTIMO CIRCUITO.
T.C.
Amparo directo 612/93. Juan Melo Tolentino. 25 de enero de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Luis Alfonso Pérez y Pérez. Secretario: Lucio Marín Rodríguez.
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito. Fuente: Semanario Judicial de la Federación, Octava Epoca. Tomo XIII, Marzo de 1994. Pág. 377.Tesis Aislada.
HOMICIDIO INTENCIONAL. RIÑA.
No habiéndose demostrado en las páginas del proceso que los acusados hubieran causado un daño no queriéndolo, esto es que no se hubieran propuesto causar la muerte del ofendido, ya que es indiciario de la voluntad con que el daño se produjo, el hecho de que hubieran golpeado a la víctima hasta con ventaja, ya que eran en proporción de tres contra uno,debe concluirse que la autoridad responsable procedió con recto juicio al hacer la declaración de culpabilidad de los quejosos en grado de coparticipación, con autores del delito de homicidio intencional, perpetrado dentro de una riña.
1a.
Amparo directo 8153/59. Ramón Ortiz Montaño y Coag. 14 de marzo de 1960. Unanimidad de 4 votos. Ponente: Juan José González Bustamante.
Instancia:Primera Sala. Fuente: Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca. Volumen XXXIII, Segunda Parte. Pág. 52. Tesis Aislada.
ALEVOSIA Y VENTAJA, CALIFICATIVAS NO COMPROBADAS.
Si no está demostrado que el ahora quejoso empleara medios que no dieron lugar a la víctima a defenderse ni a evitar el mal, ni de que tuviera conciencia, atenta la objetividad de los hechos, de su superioridad sobre elhoy occiso o de que éste no estaba en condiciones de causarle la muerte ni de lesionarlo, se impone la concesión del amparo para el sólo efecto de que se pronuncie una nueva resolución en la cual, subsistiendo la declaratoria de culpabilidad por los delitos imputados, se considere el de homicidio como simple, es decir, sin los calificativos de alevosía y ventaja.
1a.
Amparo directo 2190/61.Porfirio Domínguez Montoya. 17 de marzo de 1962. Unanimidad de 4 votos. Ponente: Juan José González Bustamante.
Instancia: Primera Sala. Fuente: Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca. Volumen LVII, Segunda Parte. Pág. 9. Tesis Aislada.
VENTAJA. HIPOTESIS DE LA FRACCION IV DEL ARTICULO 316. (LEGISLACION DEL DISTRITO FEDERAL).
La forma de la ventaja en cuestión opera cuando el...
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