Emancipacion
Es el medio por el cual los menores de edad se despojan a la patria potestad de los padres, o la autoridad del tutor, y adquieren capacidad para ejercer los actos de la vida civil, la cual varía según las legislaciones
La emancipación en Roma:
En la antigua Roma, la emancipación era la liberación de un esclavo por voluntad de su dueño., y mediante la misma adquiríadeterminados derechos de los que hasta ese momento estaba privado: comerciar, adquirir bienes, etc.
Otro sentido, que también nos viene del derecho romano es la liberación de la patria potestad, por un acta autorizante del padre o por el matrimonio o al llegar a la mayoría de edad. En el derecho contemporáneo el término se usa específicamente en el sentido de atribución a un menor por suspadres o tutor de la totalidad, o la mayor parte de los derechos y facultades civiles que normalmente conlleva la mayoría'. Asimismo, las legislaciones modernas en general conceden la 'emancipación' - mayoría legal - al menor que contrae matrimonio.
Los tipos de emancipación según la legislación comparada son:
a. La emancipación legal o tácita:
Que es aquella que se produce ipso jure con lacelebración del matrimonio, o la obtención del título universitario;
b. La emancipación por habilitación de edad, voluntaria o dativa:
Que es otorgada por vía judicial con la conformidad o asentimiento de los padres y del menor;
c. La emancipación comercial:
Que en realidad, es una sub-especie de la dativa, ya que también se la otorga voluntariamente al menor para ejercer el comercio.Los tres tipos de emancipación, incluidos en el art. 39 c.c., tienen la misma extensión en cuanto a la capacidad conferida al afectado.
La emancipación. Comparación con otras legislaciones:
Argentina | Código CivilArticulo 131.- Los menores que contrajeren matrimonio se emancipan y adquieren capacidad civil con las limitaciones previstas en el art. 134. Si se hubieren casado sinautorización no tendrán, hasta los veintiún años, la administración y disposición de los bienes recibidos o que recibieren a título gratuito, continuando respecto a ellos el régimen legal vigente de los menores, salvo ulterior habilitación.Los menores que hubieren cumplido 18 años podrán emanciparse por habilitación de edad con su consentimiento y mediante decisión de quienes ejerzan sobre ellos laautoridad de los padres. Si se encontraran bajo tutela, podrá el juez habilitarlos a pedido del tutor o del menor, previa sumaria información sobre la aptitud de éste. La habilitación por los padres se otorgará por instrumento público que deberá inscribirse en el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas.Tratándose de la habilitación judicial bastará la inscripción de la sentencia encitado registro. La habilitación podrá revocarse judicialmente cuando los actos del menor demuestren su inconveniencia, a pedido de los padres, de quien ejercía la tutela al tiempo de acordarla o del Ministerio Pupilar.Articulo 132.- Si el matrimonio fuese anulado, la emancipación será de ningún efecto desde el día en que la sentencia de nulidad pase en autoridad de cosa juzgada. En el caso delmatrimonio putativo subsistirá la emancipación respecto del cónyuge de buena fe.Artículo 133.- La emancipación por matrimonio es irrevocable y produce el efecto de habilitar a los casados para todos los actos de la vida civil, salvo lo dispuesto en los artículos 134 y 135, aunque el matrimonio se disuelva en su menor edad, tengan o no hijos. No obstante ello, la nueva aptitud nupcial se adquirirá una vezalcanzada la mayoría de edad.Articulo 134.- Los emancipados no pueden ni con autorización judicial:1.) aprobar cuentas de sus tutores y darles finiquito;2.) hacer donación de bienes que hubiesen recibido a título gratuito;3.) afianzar obligaciones.Artículo 166.- Son impedimentos para contraer matrimonio:(...)5. Tener la mujer menos de dieciséis años y el hombre menos de dieciocho años;Artículo...
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