Embargo
Dentro de los principios de Inembargabilidaddel salario podemos encontrar que el salario mínimo no es embargable pero cabe resaltar que como toda regla tiene sus excepciones las cuales son dos: a favor de las cooperativas legalmenteconstituidas y en los casos de los embargos por pensiones alimenticias, casos en los cuales se puede embargar hasta un 50% de todo salario, incluso el mínimo legal. (Art. 156 C.S.T). Igual tratamiento se le dana las prestaciones sociales.
Para aquellos salarios que superior al salario mínimo solo podrá ser embargado en quinta parte de los excedentes del salario mínimo.
Precisamente esta es una de lascausas por las que las entidades financieras no gustan de conceder créditos a quienes devengan un salario mínimo, puesto que en caso de impago, les será imposible perseguir el salario del trabajador porser inembargable para esos efectos.
Se podrán hacer descuentos cuando ellos sean permitidos: por conceptos de cuotas sindicales de cajas de ahorros autorizadas en forma legal; de cuotas con destino ael seguro social obligatorio, y de sanciones disciplinarias de acuerdo con el reglamento interno de trabajo.
Dentro del artículo 18 de la Ley 1429 de 2010 contiene lo siguiente Prohibición deretener, deducir, descontar o compensar valor alguno del salario sin autorización escrita del trabajador u orden judicial.
El patrono no puede deducir, retener o compensar suma alguna del salario, sinorden suscrita por el trabajador, para cada caso, o sin mandamiento judicial.
Quedan especialmente comprendidos en esta prohibición los descuentos o compensaciones por concepto de uso o arrendamiento...
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