Emergencia social en salud
Frente a la expedición de estos decretos, aseguran que se trata de una reforma improvisadadel sistema de salud, que afecta negativamente el derecho a la salud de los colombianos. Por su parte, estas disposiciones generan zozobra, incertidumbre y temor para la práctica médica y odontológica en el país. Además complica los problemas estructurales del sector y les pone límites a los derechos de los pacientes". La reforma es un golpe de mano al Congreso de la República, a la Comisiónde Regulación en Salud, y a la población mas pobre que son la mayoría de los colombianos.
Algunas entidades responsables de la prestación de los servicios de salud al régimen subsidiado, comunican que existe el riesgo de interrumpir la prestación de los servicios, por las demoras y las fallas durante los últimos meses en el flujo de los recursos existentes en una cartera importante por cobrary en la demora de los pagos de los servicios adeudados, todo esto ha generado el crecimiento de la demanda de servicios y medicamentos NO incluidos en el Plan obligatorio de Salud del régimen subsidiado con esto se ha generado una crisis de la liquidez de numerosas EPS-S e instituciones prestadoras de servicios de salud.
¿Qué son los servicios no POS?
Son todos los procedimientos,medicamentos e intervenciones médicas que no están incluidas en el listado básico, a los que tienen acceso los afiliados al sistema de salud.
Hoy esos POS no son iguales para todos los colombianos: los que mensualmente aportan a una EPS del régimen contributivo tienen un POS con un listado más largo de servicios. Las personas que por su escasa o nula capacidad económica no pueden hacer aportes tienenderecho a un POS más pequeño, a través de las EPS-S del régimen subsidiado.
La Corte Constitucional ordenó, mediante la sentencia T-760, que los dos planes se unifiquen, para eliminar inequidades entre pobres y no pobres. El Gobierno dice que unificará los planes de salud del subsidiado y el contributivo en julio.
Para acceder a los servicios por fuera del POS, con la previa autorización de loscomités técnico-científicos de las EPS. Otra vía son las acciones de tutela. La mayoría de los jueces fallan a favor de los pacientes. Las EPS, entonces, les prestan los servicios y se los recobran al Fondo de Solidaridad y Garantía (Fosyga). Es decir, son asumidos por el sistema. Sin embargo, en uno de los decretos de Emergencia Social se incluye una definición del POS para todos loscolombianos, según la cual se "priorizará la promoción de la salud, la prevención de la enfermedad y las atenciones de baja complejidad, la medicina y odontología general y se admitirá el acceso al manejo especializado o de mediana y alta complejidad cuando se cuente con la evidencia científica , costo y efectividad ".
Esto, de acuerdo con analistas, querría decir que, de entrada, todos los colombianos...
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