EMPRESA INDIVIDUAL RESPONSABILIDAD LIMITADA
EMPRESA INDIVIDUAL RESPONSABILIDAD LIMITADA (E.I.R.L)
Importante: Esta información que entrega el Servicio de Impuestos Internos es sólo una
guía de apoyo para los contribuyentes. Por eso, es deber de todo contribuyente leer la
normativa vigente del SII
.
¿Cómo se define este contribuyente? Las Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada (EIRL) son personas jurídicas,
formadas exclusivamente por una persona natural, con patrimonio propio y distinto al del
titular, que realizan actividades de carácter netamente comercial (no de actividades de
segunda categoría). Las EIRL están sometidas a las normas del Código de Comercio,
cualquiera sea su objeto, pudiendo realizar toda clase de operaciones civiles y comerciales, excepto las reservadas por la ley a las Sociedades Anónimas (S.A.).
¿Cuáles son los aspectos propios de los contribuyentes EIRL?
Las particularidades o características propias de los contribuyentes EIRL son las
siguientes:
1. Para los fines de identificación, debe consignar, al menos, su nombre y apellido,
pudiendo tener también un nombre de fantasía, sumado al de las actividades económicas o giro. Esta denominación deberá cerrarse con la frase “Empresa Individual
de Responsabilidad Limitada”, o bien utilizar la abreviatura “EIRL”.
2. Estas empresas deberán constituirse por escritura pública, cuyo extracto se inscribe
en el Registro de Comercio y se publica en el Diario Oficial.
3. La duración de la empresa puede ser determinada o indefinida.
4. La generación de una EIRL permite dar vida a una persona jurídica, siempre de tipo comercial.
5. El propietario de la empresa individual responde con su patrimonio y sólo con los
aportes efectuados o que se haya comprometido a incorporar. Por su parte, la empresa
responde por sus obligaciones generadas en el ejercicio de su actividad con todos sus
bienes.
6. Debe darse formalidad y publicidad especial a los contratos que celebre la empresa individual con su propietario, cuando éste actúa dentro de su patrimonio personal.
7. La administración corresponde a su propietario; sin embargo, éste puede dar
poderes generales o especiales a un gerente o mandatario(s).
8. Para poner término a la empresa, destacan la voluntad del empresario, el término de
su duración o muerte del titular.
9. En caso de fallecimiento del empresario, sus herederos pueden continuar con la empresa.
10. La empresa individual se puede transformar en sociedad y una sociedad limitada
puede constituirse en una empresa individual. En este último caso, los derechos de la
sociedad que desaparece deben reunirse en las manos de una sola persona natural.
11. Todo el régimen jurídico aplicable a la empresa, incluso en materia tributaria, es el Estatuto Jurídico de las Sociedades de Responsabilidad Limitada.
Temas
de ayuda para la Empresa Individual Responsabilidad Limitada (E.I.R.L):
1.
¿Cómo Inicio mis actividades como Empresa Individual Responsabilidad Limitada?
2.
¿Qué debo hacer luego del inicio de mis actividades?
3.
¿Cómo efectuar Modificaciones y Actualización de la Información?
4.
¿Cómo tramitar solicitudes administrativas?
5. ¿Cómo dar aviso sobre pérdida de Documentos y registros?
6.
¿Qué declaraciones de impuestos debo hacer como Empresa Individual
Responsabilidad Limitada?
7.
¿Qué pasa si no declaré o la información de mi declaración no cuadra con la del SII?
8.
¿Qué pasa si cometo una infracción tributaria o el SII determina que tengo
diferencias de impuestos?
9.
¿Cómo solicitar condonación de intereses y multas?
10.¿Cómo solicitar una revisión de la actuación fiscalizadora (RAF)?
11.
¿Cómo efectuar formalmente un Reclamo de impuestos al SII?
12.
¿Cómo termino tributariamente mis actividades como Empresa Individual
Responsabilidad Limitada?
13.
¿Qué leyes o normativas son del interés de la Empresa Individual Responsabilidad
Limitada?
14. ...
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