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ANTECEDENTES
Con fecha 24 de agosto de 1976 el rector de la UNAM doctor Guillermo Soberon sometió a la consideración del presidente de la republica, ylicenciado Luis Echeverría Álvarez lo que denomino ¨proyecto de adición al artículo 123 constitucional¨ y que desde entonces fue conocido como el apartado ¨C¨.
En este proyecto la UNAM proponía, enlo esencial, someter a los trabajadores administrativos y académicos de las universidades e institutos de enseñanza superior con carácter público, a un régimen de franca excepción a lasdisposiciones propias del citado artículo 123 y de su ley reglamentaria.
Dentro del apartado ¨C¨ resaltan las siguientes fracciones:
* El personal académico y administrativo podrá organizarse ensindicatos o asociaciones que deberán ajustarse a normas que aseguren la libertad de cátedra e investigación y los fines universitarios.
* Los sindicatos o asociaciones del personalacadémico serán diversos de los sindicatos o asociaciones del personal administrativo.
* Las condiciones laborales del personal administrativo se establecerán en un convenio colectivo.
* Parala determinación de las prestaciones de carácter económico y social, las organizaciones del personal académico y administrativo presentaran sus proposiciones a las autoridades de cadauniversidad o instituto para su discusión.
* El personal administrativo será definitivo en los términos que establezca la ley aplicable. El personal académico con una antigüedad mayor de tres años deservicio ininterrumpidos deberá ser evaluado académicamente a través de un procedimiento idóneo para que se dictamine si procede su definitividad.
* No podrán limitarse a las universidadeso institutos el derecho a la libre admisión de su personal académico, ni podrá establecerse la exclusión forzosa de cualquier tipo del personal.
LA ANTICONSTITUCIONALIDAD DE LA CONSTITUCIÓN
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