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La tentativa se inicia con los denominados actos de ejecución, inherente a todo delito.
Estos poseen una riqueza y alcance conceptual mayor que los actos que hacen estrictamente tentativa.
La importancia de los actos de ejecución de ilícito penal se patentiza con nitidez cuando se elabora la intervención de los autores y aportes de los particulares o cómplices enla ejecución – consumación del tipo penal.
Es de gran utilidad para entender el concurso de acciones u omisiones observables en los supuestos de hecho imputable a los autores o cómplices.
Los actos ejecutivos poseen un notorio carácter penalista, por cuanto se dirigen a consumar el delito y con ello al logro del propósito del autor; y solo pueden ser tales los que reúnen las características deidoneidad y suficiencia causal.
Podemos clasificar los actos de ejecución; en Aquellos que realizan el delito instantáneamente, es decir los que agotan con su sola realización la ejecución y la consumación del delito, no necesitando multiplicidad y/o reiteración progresiva de actos; Actos de plenitud ejecutiva, aquellos que sumados o realizados progresiva o intermitentemente, van a producir elresultado delictivo o van a dejar expedita la fase consumatoria: ejemplos de este acto son los de tipo calificado y en los delitos complejos 1.
Para el mejor esclarecimiento del contenido y límites del “comienzo de ejecución” se ha llegado a un consenso en el enfoque y apreciación de los actos ejecutivos 2, a ser considerados en dos niveles de conceptualización jurídica antológico.Primero, son actos de ejecución aquellos que comienzan ya el ilícito penal, sin ser propiamente realización del tipo, estos son llamados actos jurídicos iniciales. Ejemplo, violar la seguridad de la puerta de una tienda comercial es ya comienzo de una ejecución de robo; Segundo, son actos de ejecución aquellos que realizan la descripción típica, es decir aquellos que inciden directamente en el objeto dela acción delictuosa, siendo estos actos suficientes por si mismo para explicar y lograr la consumación del supuesto típico. Ejemplo, apoderamiento físico de la cosa, el disparo sobre el individuo 3.
En síntesis, se trata en este caso de la realización del delito propiamente en su nivel típico.
La dilatada experiencia jurisprudencial ha demostrado que los actos ejecutivos iniciales son losque ayudan a entender la naturaleza ejecutiva del delito, y a comprender el llamado comienzo de ejecución, resultando casi siempre que el acto ejecutivo propiamente dicho se halle antecedido por los actos ejecutivos iniciales, que le otorgan coherencia y sentido.
El análisis del delito requiere una devaluación de la teoría de los actos ejecutivos, como su expresión óntico jurídica.
Soloes dable hablar de actos de ejecución en los tipos penales que admitan una progresión en el Iter Criminis, es decir en la medida que no se hallen confundidos con la consumación del delito.
No son actos de ejecución los de coacción imposible de vencer los de absoluta fuerza mayor, aquellos actos ejecutados por ininputables absolutos, los actos instintivos, o los producidos mediante reflejosautomáticos no condicionados, igualmente los realizados en estado de inconsciencia.
Los actos de ejecución sean directos o complementarios son de ejecución tentada o de consumación, según se detenga, desista, fustre o se perfeccione la acción típica penal, y esto intimida vinculación con la voluntad consciente dirigida al Objetivo (dolo), sien el cual pierde su atributo de factor causal imputable.No olvidemos que cuando entramos al campo de los actos ejecutivos es cuando entramos en el campo de la tentativa. (El agente comienza la ejecución del delito), y por esto abandonamos los actos preparatorios.4
Hay diferentes criterios que han sido manejados en el derecho penal para la determinación del punto en que se da inicio a la ejecución de un delito. Estos criterios se han plasmado...
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