enfermeria
ESTABLECE ESTATUTO DE ATENCION PRIMARIA DE SALUD MUNICIPAL
TITULO PRELIMINAR
Ámbito de Aplicación
TITULO II
De la Carrera de los Funcionarios de la Salud del Sector
Municipalque se desempeñan en el Sistema de
Atención Primaria
Párrafo 1
Aspectos constitutivos de la carrera funcionaria
ARTICULO 31. La carrera funcionaria deberá garantizar la igualdad deoportunidades para el ingreso y el acceso a la capacitación; la objetividad de las calificaciones y la estabilidad en el empleo; reconocer la experiencia, el perfeccionamiento y el mérito funcionario,en conformidad con las normas de este Estatuto.
ARTICULO 32. El ingreso a la carrera funcionaria se materializará a través de un contrato indefinido, previo concurso público de antecedentes,cuyas bases serán aprobadas por el Concejo Municipal y será convocado por el Alcalde respectivo.
ARTICULO 33. Para ser Director de establecimiento de atención primaria de salud municipal,se deberá estar en posesión de un título, correspondiente a los siguientes profesionales:
a) Médicos Cirujanos, Farmacéuticos, Químicos - Farmacéuticos, Bioquímicos y Cirujanos - Dentistas;b) Asistentes Sociales, Enfermeras, Kinesiólogos, Matronas, Nutricionistas, Tecnólogos Médicos, Terapeutas Ocupacionales y Fonoaudiólogos, y
c) Otros con formación en el área de saludpública, debidamente acreditada.
El nombramiento de Director de establecimiento de atención primaria de salud municipal tendrá una duración de tres años. Con la debida antelación se llamará aconcurso público de antecedentes, pudiendo postular el Director que termina su período.
El Director que, antes de ejercer como tal hubiere tenido contrato indefinido, volverá a desempeñarseen dicha calidad, sin necesidad de concurso, en establecimientos de la misma comuna y hasta por igual número de horas que tenía contratadas antes de ejercer la función de Director, en el evento...
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