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Primera: ¿Son procedentes los recursos de apelación?
Segunda:¿Qué pronunciamiento corresponde?
A la primera cuestión, el Dr. Müller dijo:
I.- Que según surge de lo documentado en autos, en fecha 16 de marzo de 2009 Viviana Peralta de Cavigliasso -ver fs. 36- y otros, con patrocinio letrado, promovieron demanda de amparo contra la Municipalidad de San Jorge, “Darío Bergamasco y hermano Soc. de Hecho”, Gustavo N. Gaillard, Víctor Hugo Villarnovo, herederosde Dario Durando -ver fs. 36- y la Provincia de Santa Fe (Ministerio de Producción – Órgano de aplicación de Ley de Provincial de Fitosanitarios) a los fines de que se prohíba volver a fumigar en los campos de propiedad de Gustavo N. Gaillard y Durando Facino, en esa campaña agrícola y para el futuro, a menos de 800 metros, para fumigaciones terrestres y 1.500 metros, para fumigaciones aéreasambos como mínimo, a contar del límite del ejido urbano (Barrio Urquiza) con ningún tipo de agroquímicos, teniendo en cuenta la Ley Provincial de Fitosanitarios 11.273, su decreto reglamentario 552/97, las condiciones particulares del lugar, las características tóxicas y los efectos nocivos que generan los productos utilizados para las fumigaciones (Roundup y/u otros) en perjuicio del medio ambiente,la salud de los seres humanos y los animales. Afirmaron que el “Barrio Urquiza” está ubicado al límite entre la zona urbana y rural de la ciudad de San Jorge; que durante los últimos cinco años ha sido duramente castigado con reiteradas fumigaciones tanto aéreas como terrestres realizadas por los propietarios y/o arrendatarios de los campos linderos, quienes vienen haciendo uso indiscriminado deagrotóxicos como el glifosato, entre otros, aplicados en abierta violación de las normas legales vigentes, lo que ha generado que al día de la fecha hayan comenzado a manifestarse severos daños ocasionados al medio ambiente y en consecuencia a la calidad de vida y a la salud de los vecinos. Señalaron que los aerofumigadores salen del aeroclub San Jorge y cruzan la ciudad salpicando con sus picosel veneno tanto cuando se dirigen al campo como cuando retornan; que asimismo los “mosquitos” deambulan por las calles de la ciudad libremente dejando la estela de veneno detrás de ellos y se guardan y lavan dentro de la zona urbana, contraviniendo toda norma de prevención y poniendo en riesgo de contaminación todo aquello con lo que toman contacto a su paso, sin que la autoridad municipal loimpida. Describieron los problemas de salud de los niños Ailén Magali Cavigliasso y Alexis Jesús Cabral y de vecinos del lugar. Manifestaron que frente a riesgos ciertos de severos daños para la salud, la gente del barrio se movilizó denunciando la fumigación ante la Policía de la ciudad y ante la Intendencia, solicitando la prohibición a los particulares de fumigar en esos campos, ubicados a menos de200 metros del límite con zona urbana delimitada en el art. 1 de la Ordenanza Municipal N° 1202/00; que sin obtener respuesta satisfactoria denunciaron la situación ante la Secretaría de Medio Ambiente de la Provincia y ante el actual Ministerio de la Producción (Secretaría de Sanidad Vegetal - ex MAGIC) en ejercicio del art. 36 de la Ley Provincial de Fitosanitarios, donde la respuesta en...
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