Enriquesimiento sin causa
•El enriquecimiento sin causa en la Jurisprudencia. La pretensión de enriquecimiento:
La doctrina del enriquecimiento sin causa es en elderecho español una construcción Jurisprudencial y doctrinal que considera que es un principio general del derecho el de que nadie pueda enriquecerse con daño o detrimento de otro y que si ello ocurre, el enriquecido debe restituir. Esta es una Jurisprudencia que tiene su base en una Jurisprudencia del s. XIX que posteriormente otra de 1945 ha tratado de perfilar. La doctrina Jurisprudencial hadeclarado reiteradamente que toda pretensión de enriquecimiento exige como requisitos esenciales:
•La adquisición de una ventaja patrimonial con ventaja para el demandado y correlativo empobrecimiento del actor.
•Conexión entre enriquecimiento y empobrecimiento.
•Falta de causa que justifique el enriquecimiento.
•Presupuestos: Son cinco:
◦Enriquecimiento: se puede producir por un aumento delactivo o por una disminución del pasivo. El enriquecimiento negativo se da cuando es evitada una disminución del patrimonio. También son fuente de ingreso los servicios prestados por terceros, hay dos ejemplos de la Jurisprudencia francesa:
◦Empleada trabaja en casa por promesa de matrimonio del dueño.
◦Genealogista descubre un descendiente fallecido y se da cuenta que tiene derecho a herenciadespués de haber sido repartidos los bienes.
◦Empobrecimiento del actor: es necesario que el enriquecimiento antes mencionado se de a costa de otro. El empobrecimiento es una pérdida pecuniariamente apreciable, y puede ser valor salido del patrimonio, una prestación de servicios, la pérdida de un lucro cierto y positivo… Si ese empobrecimiento es imputable al demandante o proviene de acto ilícitoexcluye la posibilidad de acción.
◦Relación entre enriquecimiento y empobrecimiento: debe existir un lazo causal entre el enriquecimiento del demandado y el empobrecimiento del actor. A veces puede darse de manera directa el desplazamiento de valores del patrimonio del actor, o de forma indirecta con otro patrimonio de por medio. Una generalización total de esta legitimación para entablar accióntiene peligro de ignorar regla de relatividad de los contratos, por lo que habrá de modularla.
◦La falta de causa de desplazamiento patrimonial: es necesario para entablar acción que falte la causa de la atribución, hay que comprobar en cada caso si queremos considerarlo injusto o sin causa, ya que si no hay abuso, hay justa causa o se apoya en preceptos legales no procede acción. Por ello la...
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