Ensayo civil
VENTA DE BIENES ENTRE CÓNYUGES NO DIVORCIADOS
El Artículo 1852 del Código Civil fue objeto de demanda de inexequibilidad parcial, esta la presentaron como actoresFabián López Guzmán y José Eurípides Parra y como Magistrado ponente el doctor Alfredo Beltrán Sierra.
Tenemos ya una base de trabajo y seria muy conveniente hacer un poco de vista hacia atrás enel tiempo, entonces nos vamos así al Art. 1595 del Código de Napoleón. De las inhabilidades allí contempladas está las de celebrar un contrato de compraventa en cónyuges que no estén divorciados,pues con esto se impide el quebranto de la norma de las donaciones y revocables entre cónyuges, como también el interés de terceros para evitar su deformación. Esto lo expresa claramente Planial Ripert,pues ellos aseveran que el artículo mencionado “Antiguamente se explicaba por la prohibición de los donaciones entre cónyuges”, (tratado Teórico Practico de derecho Civil Francés, editorialcultural La Habana 1946, Tomo x N°59), don Andrés Bello toma otra posición con el proyecto 1841 – 1845 que prohíbe la celebración de compraventa entre cónyuges no divorciados, posteriormente esaprohibición se suprime totalmente.
El Art.1852 del Código Civil Colombiano corresponde paralelamente al Art.1796 del Código Civil Chileno. Pero se agrega que este fue reformado por la Ley 5521 del 19 dediciembre de 1974, que establece que el contrato de compraventa se refiere a “Cónyuges no divorciados perpetuamente”.
La evolución jurídica del Articulo 1852 del Código Civil tiene un gran alcance en eltiempo y se basa fundamentalmente en tres razones a saber: la primera, la necesidad de protección a la mujer, cuyo marido ejercía sobre ella la potestad marital, de tal suerte que era un incapazrelativa; la segunda en que la prohibición de celebrar contratos de compraventa era un medio de evitar donaciones entre ellos; y la tercera la de impedir que por la misma naturaleza de la relación los...
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