Ensayo relacionado con el derecho
Referencia: expediente D-5075
Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 4° de la Ley 860 de 2003
Actor: …………
Magistrado Ponente:
Dr. MARCO GERARDO MONROY CABRA
Bogotá D.C., dieciocho (18) de agosto dedos mil cuatro (2004)
La Sala Plena de la Corte Constitucional, conformada por los magistrados Doctores Jaime Araujo Rentería - quien la preside -, Alfredo Beltrán Sierra, Manuel José Cepeda Espinosa, Jaime Córdoba Triviño, Rodrigo Escobar Gil, Marco Gerardo Monroy Cabra, Rodrigo Uprimny Yepes, Alvaro Tafur Galvis y Clara Inés Vargas Hernández, en ejercicio de sus atribuciones constitucionalesy en cumplimiento de los requisitos y trámites establecidos en el Decreto 2067 de 1991, ha proferido la presente Sentencia con base en los siguientes,
I. ANTECEDENTES
En ejercicio de la acción pública de inconstitucionalidad, el ciudadano …………., actuando en nombre propio y haciendo uso de los derechos consagrados en los artículos 40 numeral 6 y 95 numeral 7 de la Constitución Política,demandó la inconstitucionalidad parcial del artículo 4° de la ley 860 de 2003 por considerarlo violatorio del preámbulo y del artículo 13 de la Constitución Política.
II. NORMA DEMANDADA
Se transcribe el texto de la norma acusada con la advertencia de que se subraya el aparte objeto de revisión constitucional.
Ley 860 de 2003
“Artículo 4°: A partir de la vigencia de la presenteley, modifíquese el inciso segundo y adicionase el parágrafo segundo del artículo 36 de la Ley 100 de 1993, del Sistema General de Pensiones.
A partir de la fecha de la vigencia de la presente Ley y hasta el 31 de Diciembre del año 2007, la edad para acceder a la pensión de vejez, el tiempo de servicios o el número de semanas cotizadas y el monto de la pensión de vejez, de las personas que el1° de 1994 tuviesen 35 años o más de edad si son mujeres o 40 años de edad o más si son hombres ó 15 años o más de servicios cotizados, será la establecida en el régimen anterior al cual se encontraban afiliados a esa fecha. A partir del 1° de Enero de 2008, a las personas que cumplan las condiciones establecidas en el presente inciso se les reconocerá la pensión con el requisito de edad delrégimen anterior al cual se encontraban afiliados.
Las demás condiciones y requisitos de pensión aplicables a estas personas serán los consagrados en el Sistema General de Pensiones incluidas las señaladas por el numeral 2 del artículo 33 y el artículo 34 de esta Ley, modificada por la ley 797 de 2003...”
III. LA DEMANDA
El actor asegura que el Legislador incurrió en una abierta violacióndel preámbulo y del artículo 13 de la Constitución Política, al aprobar el texto normativo acusado.
Estima que la norma es contraria al artículo 13 de la Constitución Política por considerar que hace una odiosa diferenciación entre quienes habiendo cumplido los 40 años de edad para los hombres o 35 de edad para las mujeres y/o los 15 años de servicios cotizados a primero de Abril de 1994,hubieran alcanzado la edad de vejez antes del 31 de Diciembre de 2007 y quienes no lo hicieron antes del último día del año 2007. Esta diferencia de trato deja en condiciones desventajosas a quienes también cumplen con los requisitos señalados pero a partir del primero de enero de 2008. Dice que el señalamiento de la fecha para determinar la sumisión a uno y a otro régimen es caprichoso, por lo queatenta contra el querer de la Constitución, manifestado en su preámbulo.-
IV. INTERVENCIONES
1. Intervención de la Academia Colombiana de Jurisprudencia
En representación de la Academia de la referencia, intervino en el proceso el abogado ……….. para solicitar a la Corte Constitucional la declaración de exequibilidad de la norma acusada.
El interviniente considera que existe un defecto...
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