Ensayo
MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
SUPERINTENDENCIA DE VALORES
RESOLUCIÓN NÚMERO 400 DE 1995
(22 de Mayo)
Por la cual se actualizan y unifican las normas expedidas por la Sala General de la Superintendencia de Valores y se integran por vía de referencia otras
LA SALA GENERAL DE LA SUPERINTENDENCIA DE VALORES
en uso de sus facultades legales y enespecial de las contenidas en el
Estatuto Orgánico del Mercado Público de Valores, y
C O N S I D E R A N D O
PRIMERO.- Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 1.1.0.5 del Estatuto Orgánico del Mercado Público de Valores (hoy art. 33 ley 35/93) en concordancia con el artículo 1.1.0.4 del mismo ordenamiento (hoy art. 4° ley 35/93, corresponde al Gobierno Nacional por intermedio dela Sala General de la Superintendencia de Valores adoptar las normas de intervención en el mercado público de valores.
SEGUNDO.- Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 4.1.2.2. del Estatuto Orgánico del Mercado Público de Valores (hoy art. 3° decreto 2739/91) la Sala General debe, entre otras cosas, señalar los requisitos para acceder al Registro Nacional de Valores e Intermediarios,fijar las condiciones de la oferta pública de valores, reglamentar el funcionamiento de las entidades sujetas a la vigilancia de la Superintendencia de Valores, así como ejercer las funciones señaladas en el artículo 4.1.2.3. del citado estatuto.
TERCERO.- Que con el propósito de facilitar su aplicación y dotar de seguridad jurídica al mercado es conveniente compilar las normas expedidas porla Sala General.
CUARTO.- Que en desarrollo de tal propósito se unifican y actualizan las disposiciones vigentes a la fecha.
R E S U E L V E
PARTE PRIMERA
DEL SISTEMA INTEGRAL DE INFORMACIÓN DEL MERCADO DE VALORES -SIMEV- Y LA OFERTA PUBLICA[1]
TITULO PRIMERO[2]
DEL SISTEMA INTEGRAL DE INFORMACIÓN DEL MERCADO DE VALORES -SIMEV-
CAPÍTULO PRIMERO
RÉGIMEN GENERAL
Art.1.1.1.1.- Definición. El Sistema Integral de Información del Mercado de Valores – SIMEV – es el conjunto de recursos humanos, técnicos y de gestión que utilizará la Superintendencia Financiera de Colombia para permitir y facilitar el suministro de información al mercado.
Art. 1.1.1.2.- Conformación. El SIMEV estará conformado así:
a) El Registro Nacional de Valores y Emisores -RNVE-, el cualtendrá por objeto inscribir las clases y tipos de valores, así como los emisores de los mismos y las emisiones que estos efectúen, y certificar lo relacionado con la inscripción de dichos emisores, clases y tipos de valores.
b) El Registro Nacional de Agentes del Mercado de Valores -RNAMV-, el cual tendrá por objeto la inscripción de las entidades señaladas en el numeral 1º del parágrafo 3º delartículo 75 de la Ley 964 de 2005 así como las demás personas que se establecen en el artículo 1.1.3.1. de la presente resolución.
c) El Registro Nacional de Profesionales del Mercado de Valores -RNPMV-, el cual tendrá por objeto la inscripción de las personas naturales a que se refiere el artículo 1.1.4.2. de la presente resolución.
Art. 1.1.1.3.- Naturaleza de la información. La información querepose en el SIMEV será pública. En consecuencia, cualquier persona podrá consultarla, observando las reglas que para el efecto se establecen en la presente resolución.
Lo anterior sin perjuicio del principio de revelación dirigida, previsto en el artículo 51 de la Ley 964 de 2005, por virtud del cual la Superintendencia Financiera podrá determinar el momento en que divulgará al públicodeterminada sanción, en los casos en los cuales la revelación inmediata de la misma pueda poner en riesgo la estabilidad del mercado.
Parágrafo Primero. La veracidad de la información que repose en el SIMEV, así como los efectos que se produzcan como consecuencia de su divulgación serán de exclusiva responsabilidad de quienes la suministren al sistema.
Parágrafo Segundo. La información que...
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