ensayo
Facultad de Estudios Superiores Aragón.
UNAM
Derecho Civil.
MORALES SORIANO DIANA LAURA.
2257
Prof. Piña Orozco José Guadalupe
18/03/2014
CAPITULO II
De la materia de la compra-venta
Artículo 2269. Ninguno puede vender sino lo que es de su propiedad.
Artículo 2270. La venta de cosa ajenaes nula, y el vendedor es responsable de los daños y perjuicios si procede con dolo o mala fe; debiendo tenerse en cuenta lo que se dispone en el título relativo al Registro Público para los adquirentes de buena fe.
Artículo 2271. El contrato quedará revalidado, si antes de que tenga lugar la evicción, adquiere el vendedor, por cualquier título legítimo, la propiedad de la cosa vendida.Artículo 2272. La venta de cosa o derechos litigiosos no está prohibida; pero el vendedor que no declare la circunstancia de hallarse la cosa en litigio, es responsable de los daños y perjuicios si el comprador sufre la evicción, quedando, además, sujeto a las penas respectivas.
Artículo 2273. Tratándose de la venta de determinados bienes, como los pertenecientes a incapacitados, los de propiedadpública, los empeñados o hipotecados, etc., deben observarse los requisitos exigidos por la ley para que la venta sea perfecta.
TITULO NOVENO
Del mandato
CAPITULO I
Disposiciones generales
Artículo 2546. El mandato es un contrato por el que el mandatario se obliga a ejecutar por cuenta del mandante los actos jurídicos que éste le encarga.
Artículo 2547. El contrato de mandato se reputaperfecto por la aceptación del mandatario. El mandato que implica el ejercicio de una profesión se presume aceptado cuando es conferido a personas que ofrecen al público el ejercicio de su profesión, por el solo hecho de que no lo rehusen dentro de los tres días siguientes. La aceptación puede ser expresa o tácita. Aceptación tácita es todo acto en ejecución de un mandato.
Artículo 2548.Pueden ser objeto del mandato todos los actos lícitos para los que la ley no exige la intervención personal del interesado.
Artículo 2549. Solamente será gratuito el mandato cuando así se haya convenido expresamente.
Artículo 2550. El mandato puede ser escrito o verbal.
Artículo 2551. El mandato escrito puede otorgarse:
I. En escritura pública;
II.- En escrito privado, firmado por elotorgante y dos testigos y ratificadas las firmas ante Notario Público, Juez de Primera Instancia, Juez de Paz, o ante el correspondiente funcionario o empleado administrativo, cuando el mandato se otorgue para asuntos administrativos; y
III. En carta poder sin ratificación de firmas.
Artículo 2552. El mandato verbal es el otorgado de palabra entre presentes, hayan o no intervenido testigos. Cuando elmandato haya sido verbal debe ratificarse por escrito antes de que concluya el negocio para que se dió.
Artículo 2553. El mandato puede ser general o especial. Son generales los contenidos en los tres primeros párrafos del artículo 2554. Cualquier otro mandato tendrá el carácter de especial.
Artículo 2554. En todos los poderes generales para pleitos y cobranzas, bastará que se diga que seotorga con todas las facultades generales y las especiales que requieran cláusula especial conforme a la ley, para que se entiendan conferidos sin limitación alguna. En los poderes generales para administrar bienes, bastará expresar que se dan con ese carácter, para que el apoderado tenga toda clase de facultades administrativas. En los poderes generales, para ejercer actos de dominio, bastará que seden con ese carácter para que el apoderado tenga todas las facultades de dueño, tanto en lo relativo a los bienes, como para hacer toda clase de gestiones a fin de defenderlos. Cuando se quisieren limitar, en los tres casos antes mencionados, las facultades de los apoderados, se consignarán las limitaciones, o los poderes serán especiales. Los notarios insertarán este artículo en los...
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