ensayo
DE 2008
GUADALAJARA, JALISCO
T
O
M
O
C
C
C
L
X
I
27
SECCIÓN II
GOBERNADOR CONSTITUCIONAL
DEL ESTADO DE JALISCO
C.P. Emilio González Márquez
SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO
Lic. Fernando Antonio Guzmán Pérez Peláez
DIRECTOR DE PUBLICACIONES
C. Juan Manuel Castell Carrillo
3
D EC RET O
Al margen un sello que dice: Gobiernode Jalisco. Poder Ejecutivo. Secretaría General de
Gobierno. Estados Unidos Mexicanos.
Emilio González Márquez, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Jalisco, a los
habitantes del mismo hago saber, que por conducto de la Secretaría del H. Congreso de esta Entidad
Federativa, se me ha comunicado el siguiente decreto
NÚMERO 22273/LVIII/08
EL CONGRESO DEL ESTADO DECRETA:Artículo único. Se modifica el decreto número 22247/LVIII/08 que expide el Código Urbano para
el estado de Jalisco, para quedar de la siguiente manera:
CÓDIGO URBANO PARA EL ESTADO DE JALISCO
TÍTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.° El presente código se expide con el objeto de definir las normas que permitan dictar
las medidas necesarias para ordenar los asentamientoshumanos en el Estado de Jalisco y establecer
adecuadas provisiones, usos, reservas y el ordenamiento territorial, a efecto de ejecutar obras públicas y
de planear y regular la fundación, conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población,
conforme a los fines señalados en el párrafo tercero del artículo 27 y las fracciones V y VI del artículo 115
de la Constitución Política de losEstados Unidos Mexicanos.
Artículo 2.° Toda acción en áreas y predios que genere la transformación de suelo rural a urbano; las
subdivisiones, el desarrollo de conjuntos urbanos y habitacionales, así como los fraccionamientos de
terrenos para el asentamiento humano; los cambios en la utilización de éstos; así como todas las acciones
de urbanización y edificación que se realicen en la Entidad,quedan sujetas a cumplir las disposiciones del
presente código.
Artículo 3.° Las disposiciones de este código se aplicarán para el Estado de Jalisco, son de orden público
e interés social y tiene por objeto:
I.
II.
III.
IV.
V.
Establecer las normas que regulen la concurrencia del Estado y los municipios, al participar
en el ordenamiento y regulación del asentamiento humano;Fijar las normas para ordenar mediante la planeación el asentamiento humano, a efecto de
realizar la fundación, conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población
en la entidad, en condiciones que promuevan su desarrollo sustentable;
Definir los principios para determinar las provisiones, reservas, usos y destinos de áreas
y predios que regulen la propiedad en las áreas queintegran y delimitan los centros de
población;
Precisar en sus normas los derechos y obligaciones de los habitantes del Estado al desarrollar
acciones de aprovechamiento de predios y fincas, para hacer efectivos los derechos a la
vivienda;
Establecer las bases jurídicas para que el Gobierno del Estado y los Ayuntamientos, definan
la regionalización del territorio y aseguren la congruenciade los planes o programas de
desarrollo urbano, con los planes de desarrollo regional;
S á b a d o
2 7
d e
s e p t i e m b r e
d e
2 0 0 8 .
N ú m e r o
2 7 .
S e c c i ó n
I I
4
VI.
VII.
VIII.
IX.
X.
XI.
XII.
XIII.
XIV.
XV.
XVI.
Establecer las normas conforme a las cuales el Gobierno del Estado y los Ayuntamientos,ejercerán sus atribuciones para zonificar el territorio y determinar las correspondientes
provisiones, usos, destinos y reservas de áreas y predios;
Determinar las normas que regulen el ejercicio del derecho de preferencia de los Ayuntamientos
y el Gobierno del Estado en lo relativo a predios comprendidos en las áreas de reservas;
Fijar las normas básicas para reglamentar, autorizar, controlar...
Regístrate para leer el documento completo.