Equipo 5 Realismo Escandinavo
Universidad Nacional Autónoma de México
Facultad de Estudios Superiores Acatlán
Realismo Escandinavo
Filosofía del Derecho
Profra: Magda Martínez Mendizábal
INTEGRANTES:
● García Díaz, Leidi Janette
● Garcia Gonzalez, Rocio
● Garduño Cortes, Oscar Adan
● Hernández Cerón, Sarai Emma
● Pacheco Galicia, Diego
● Sanchez Castillejo, Jessica
●Tapia Diaz, Alan Ivan
● Vazquez Torres, Lourdes
1
ÍNDICE
Introducción. Pág.3
Características generales de la corriente Pág.4
Metodología de la corriente Pág.7
Principales autores de la corriente Pág.8
Concepto de derecho Pág.11
Relación entre derecho y Moral Pág.13
Concepto de validez Pág.13
Concepción de justicia para dicha corriente Pág.14
Razones para obedecer el Derecho Pág.15
Conclusión Pág.19
Bibliografía Pág.20
Fuentes Electrónicas Pág.21
2
INTRODUCCIÓN
En diversas ocasiones han tratado de descubrir el momento constitutivo de la
experiencia jurídica, la gran mayoría de los hombres se inspiran en ideales de justicia ,
sino también en la realidad social en que el derecho se forma y transforma , en el
comportamiento de los hombres que con su actuación hacen a deshacen las reglas de
conducta que los gobierna.
El principal impulsador de todo la corriente realista es
Jerome Frank
; el presente
trabajo estará basado específicamente en el
Realismo Escandinavo
donde veremos
cuales son sus caracteristicas, quienes son los principales representantes de dicha
corriente, que significa para el autor el concepto de derecho, así como cuáles son las
razones para obedecer el derecho vistas desde el punto de el autor en que nos
especializamos, entre otros temas que desarrollaremos en este trabajo.
veremos y estudiaremos cómo es que influye el
Realismo Escandinavo con respecto
al Derecho.
3
CARACTERÍSTICAS GENERALES DE LA CORRIENTE
El realismo jurídico escandinavo no se fundamenta en el realismo, sino en el
empirismo. Por ello está justificado llamarlo “empirismo jurídico”.
Ese empirismo conlleva el rechazo a todo objetivismo moral: los criterios y creencias
morales son emanaciones de sentimientos subjetivos y, por tanto, no susceptibles de
ser objeto de enunciados objetivos de carácter categórico o incondicionado (igual
validez objetiva).
La concepción jurídica escandinava niega que el Derecho sea expresión de la voluntad
divina o de la voluntad del Estado (o legislador). El Derecho es algo más que las reglas
impuestas por las...
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