error bienes
Clasificación:
Por sus consecuencias.
Error indiferente: recae sobre circunstancias accidentales, no trascienden en la celebración del acto. Ej. El error de calculo que solo da lugar a que se rectifique.
Error nulidad: produce nulidad relativa del actojurídico, recae sobre el motivo determinante de la voluntad del agente.
Error obstáculo: Impide la reunión de voluntades. Produce la inexistencia del contrato, impide la formación del acuerdo de voluntades de los contratantes y obstaculiza la integración del consentimiento. En roma. Error incorpore, error in negotio.
Por la materia en la que recae.
Error de hecho: Circunstancias fácticasde hecho.
Error de derecho: error sobre la interpretación de la norma.
Por la manera en que se genera:
Error simple o fortuito: surge y se mantiene por aquel que lo padece.
Inducido o calificado: Ha sido provocado o mantenido activamente por artificios ajenos, o ha sido disimulado.
Error vicio: Invalida el contrato. Es el que recae sobre la circunstancia de la cosa o materia delcontrato sobre la persona en ciertos casos. Error sustancial.
1° Que recaiga sobre el motivo determinante de la voluntad: ha sido decidido por un cúmulo de motivos o razones que explican su elección.
2° Que ese motivo haya transcendido exteriormente: Que exista una firme evidencia indicando cual fue motivo principal para obrar.
El dolo y la mala fe.
Dolo: cualquier sugestión o artificioque se emplee para inducir a error o mantener en el a alguno de los contratantes. Actitud malévola de pretender aprovecharse de un error ajeno, ya sea provocándolo o manteniéndolo. Es activa.
Principal: Aquel que ha sido determinante para la realización de la realización del acto.
Accidental: No ha sido determinante para contratar.
Bueno:(Dolus Bonus) Consiste en las exageracionesevidentes tendientes a hacer propaganda, efectúan la recomendación de algún objeto, o de una persona.
Reciproco: si ambas partes proceden con dolo, ninguna de ellas pueden alegar la nulidad del acto ni reclamar indemnización.
Mala fe: Disimulación del error por uno de los contratantes una vez conocido, y se aprovecha de el. Es pasiva.
Los dos producen nulidad relativa. No son vicios de lavoluntad sino formas de inducir al error.
No producen nulidad: el dolo bueno, el dolo incidental, el dolo reciproco.
Violencia o temor: Hay violencia cuando se emplea la fuerza física o amenazas que importen peligro de perder la vida, la honra, la libertad o la salud, o bien una parte considerable de los bienes del contratante, o de sus parientes colaterales. El código civil denomina temor a laviolencia.
El dolo y la violencia: son conductas inmorales ilícitas, por parte del que realizo las maniobras, por lo cual lo hace responsable del resarcimiento de los daños y perjuicios.
El dolo cuando proviene de un tercero no anula el contrato y la violencia cuando es procedente de un tercero invalida el acto.
La violencia es de mayor gravedad que el dolo, ya que es un viciocaracterizado por la ausencia del consentimiento. Error: Concepto falso de la realidad, el error vicia su voluntad y provoca nulidad del acto. No todo error produce tales efectos.
Clasificación:
Por sus consecuencias.
Error indiferente: recae sobre circunstancias accidentales, no trascienden en la celebración del acto. Ej. El error de calculo que solo da lugar a que se rectifique.
Errornulidad: produce nulidad relativa del acto jurídico, recae sobre el motivo determinante de la voluntad del agente.
Error obstáculo: Impide la reunión de voluntades. Produce la inexistencia del contrato, impide la formación del acuerdo de voluntades de los contratantes y obstaculiza la integración del consentimiento. En roma. Error incorpore, error in negotio.
Por la materia en la que recae.
Error de...
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