ERROR DE DERECHO obliga
ERROR DE DERECHO
CODIGO CIVIL DE VENEZUELA ARTICULO 1.147. El error de derecho produce la nulidad del contrato sólo cuando ha sido la causa únicao principal.
El Error de Derecho tiene que ser causa única y principal por la cual la persona otorgó el consentimiento y con el ánimo de hacerrespetar una norma jurídica, si esta situación no se perfecciona taxativamente, entonces no se puede invocar un error de derecho, de otra forma seincurriese en el supuesto establecido en el artículo número 2 del Código Civil.
CODIGO CIVIL DE VENEZOLANO ARTÍCULO 2. La ignorancia de la ley no excusa de sucumplimiento.
Error de hecho, es la falsa apreciación de la realidad con respecto a una circunstancia de tipo fáctica, es decir; al hecho comotal.
ERROR DE HECHO
CODIGO CIVIL DE VENEZUELA ARTICULO 1.148. El error de hecho produce la anulabilidad del contrato cuando recae sobre una cualidad dela cosa o sobre una circunstancia que las partes han considerado como esenciales, o que deben ser consideradas como tales en atención a la buena fe ya las condiciones bajo las cuales ha sido concluido el contrato.
Es también causa de anulabilidad el error sobre la identidad o las cualidades de lapersona con quien se ha contratado, cuando esa identidad o esas cualidades han sido la causa única o principal del contrato.
Al igual que en elerror de derecho, esta tiene que ser causa única o principal por la cual la parteo sujeto de derecho otorgó su consentimiento en un momento determinado.
Regístrate para leer el documento completo.