Es obligacion de enviar el estado de cuenta el acreditante al acreedor, de lo contrario no iincurre en mora el acreedor???

Páginas: 14 (3299 palabras) Publicado: 18 de agosto de 2012
Localización:
Novena Época
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Tomo: XIV, Agosto de 2001
Página: 1022
Tema: CONTRATOS BILATERALES. SI EL ACREDITANTE SE OBLIGA A ENVIAR UN ESTADO DE CUENTA EN EL QUE SE ESTABLEZCA EL MONTO A PAGAR MENSUALMENTE Y NO LO HACE, EL ACREDITADO NO INCURRE EN MORA, AUN CUANDO NO SEA UNA CLÁUSULAESENCIAL DEL CONTRATO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE SONORA).
AMPARO DIRECTO 743/2000. BANCA SERFÍN, S.A., INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO SERFÍN.

CONSIDERANDO:

SEXTO.-Los conceptos de violación expuestos son infundados.

En ellos aduce la quejosa que en la sentencia reclamada se infringió lo dispuesto en los artículos 77, 45, 80, 257, 258, fracción II, 260, 282, 283, 285, 318, 323,325, 335, 336, 337, 338, 340, 385, 387, 388, 528, fracción II, 534, 535 y demás relativos del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Sonora, 110 al 116, 1906, 1909, 1923, 1924, 1935, 1926, 1949, 1959, 1964, 1973, 1990, 2119, 2126, 2130, 2131, 2188, 2295 y 2297 del Código Civil sonorense, al analizar el segundo elemento de la acción hipotecaria, establecido en la fracción II delartículo 528 del código procesal civil local, consistente en que el crédito sea de plazo cumplido o que deba anticiparse al contrato de hipoteca o a la ley.

Que la responsable no tomó en cuenta que la demandada omitió probar que no dio lugar al vencimiento anticipado del contrato y que no había incurrido en mora, hipótesis convenida en el acuerdo de voluntades base de la acción; que del agraviotercero se desprende la negación de los hechos de la demanda, que al mismo tiempo envuelve la afirmación expresa de un hecho concreto susceptible de prueba: "El banco se obligó a enviar un estado de cuenta conforme a la cláusula décimo octava del contrato y el banco jamás lo envió para que realizáramos los pagos.".

Que contrario a la determinación de la responsable, no tenía el actor, conforme alartículo 528 del código procesal civil, la carga procesal de acreditar haber cumplido con la obligación de enviar un estado de cuenta, máxime que si se enviaron a los demandados dichos documentos están en su poder y es de fama pública de usos y costumbres en el país, por lo que la responsable debió haber aplicado la lógica de que todas las instituciones de crédito envían a los acreditados estados decuenta; que al reclamar el actor del veintisiete de octubre de mil novecientos noventa y ocho al veintisiete de julio de mil novecientos noventa y nueve, resultaba que el demandado cumplió con el pago de las erogaciones mensuales del periodo de inicio de vigencia del contrato, de febrero diez de mil novecientos noventa y tres al veintisiete de septiembre de mil novecientos noventa y ocho, lo quehacía presumir que si cumplió con una gran cantidad de pagos mensuales, era porque sí cumplía el banco actor con enviar el estado de cuenta, por lo que era carga procesal del demandado probar que jamás se le había enviado el estado de cuenta, que nunca había realizado pago alguno por erogaciones y que no había dado lugar al incumplimiento, porque no incurrió en mora.

Que lo estipulado en elcontrato base, en la cláusula décima octava, no contiene una obligación principal o esencial porque no afecta la sustancia ni el modo del contrato de crédito y que la omisión del cumplimiento implique que el deudor no incurra en mora; que el artículo 2297 establece que el incumplimiento debe ser en la sustancia y en el modo, lo que no aconteció, siendo imperante acudir a las estipulaciones plasmadas enel contrato conforme a los lineamientos de los artículos 110 al 116 del Código Civil sonorense, no valorados ni aplicados por la responsable, que interpretan los actos jurídicos y disponen que si los términos de un contrato son claros y no dejan lugar a duda sobre la intención de los contratantes, se estará al sentido literal de sus cláusulas.

Que en el contrato básico en mención se...
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