Esc primarias
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 38, fracciones I, inciso a) y V, de la Ley orgánica de la administración Pública Federal; 16 y 24, fracciones I y XIII, de la Ley Federal de Educación, y 5o., fracción I, 21, 26 y 55, del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, y
ARTÍCULO 1º. El presente acuerdo rige la organización y funcionamiento de las escuelas primarias dependientes de la Secretaría de Educación Pública y de las escuelas particulares de este tipo que la propia Secretaría autorice, conforme a las disposiciones legales aplicables. ARTÍCULO 2º. Las escuelas de educación primaria son instituciones destinadas a proporcionar educación general básica, cuyo objetivo primordial es dotar al educando de la formación, los conocimientos y las habilidades que fundamentan cualquier aprendizaje posterior, así como proporcionar el desarrollo de las capacidades individuales y la adquisición de hábitos positivos para la convivencia social. ARTÍCULO 3º. Corresponde a las escuelas de educación primaria: I. Propiciar que se cumplan los objetivos de la educación primaria, con absoluto apego a lo establecido en el artículo 3º constitucional y a los demás principios contenidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en la Ley Federal de Educación; Promover el desarrollo integral del, educando, su adaptación al ambiente familiar, escolar y social, y el fortalecimiento de actitudes y hábitos tendientes a la conservación y mejoramiento de su salud física y mental, así como a la ampliación de su cultura; Proporcionar al educando las bases para el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus deberes cívico sociales; Aplicar el plan y los programas de estudio establecidos por la Secretaría de Educación Pública, y Desarrollar los contenidos educativos de modo que los conocimientos, las habilidades, los hábitos y las aptitudes que se adquieran, sean aplicables en la vida ulterior del educando.
CONSIDERANDO
Que es preocupación del Estado Mexicano proporcionar educación a los habitantes del país, a fin de propiciar su desenvolvimiento armónico; Que uno de Ios objetivos que persigue el programa educativo del Gobierno Federal es brindar educación primaria a toda la población, particularmente a la que se encuentra en edad escolar; Que la educación primaria es la base y el antecedente obligatorio de cualquier tipo de educación que forme parte del Sistema Educativo Nacional y; Que es necesario que las instituciones educativas que imparten educación primaria cuenten con un ordenamiento jurídico que regule su funcionamiento al efecto de lograr mayor eficiencia en el desarrollo de la labor a su cargo, he tenido a bien expedir el siguiente:
II.
III.
ACUERDO NÚMERO 96 CAPÍTULO I Disposiciones Generales IV.
V.
ARTÍCULO 4º. La educación primaria impartida en los planteles a los que se aplica este acuerdo, deberá ajustarse a las normas jurídicas y pedagógicas, contenidos, planes y programas de estudio aprobados por la Secretaría de Educación Pública. En caso que se requiera modificarlos para su adaptación a la realidad y necesidades culturales, sociales y económicas de la región en donde se ubique el plantel, se requerirá de autorización expresa de la Secretaría de Educación Pública, a través de la dirección o delegación general correspondiente. ARTÍCULO 5º. Los libros de texto gratuitos elaborados y editados por la Secretaría de Educación Pública serán de uso obligatorio, sin perjuicio de la utilización ...
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