escarface
Esrelevante el reconocimiento de la naturaleza de las normas de derechos humanos, principios susceptibles de ampliación lo que se expresa en la cláusula de interpretación recogida en elarticulo 1° cuya disposición marca que las normas relativas a los derechos humanos se interpretaran de conformidad con la Constitución y con los tratados internacionales de la materiafavoreciendo en todo momento a las personas en la protección mas amplia.
El trabajo jurisprudencial de ha enfocado a dilucidar la relación jerárquica entre tratados internacionalesratificados por el Estado Mexicano y la necesidad de atender preferentemente las obligaciones de carácter internacional, los criterios interpretativos se dirigieron a establecer la jerarquíasupralegal e infraconstitucional de los tratados, a juicio de algunos de los ministros habría sido definir la constitucionalidad de los tratados internacionales sobre los derechoshumanos.
Las reformas al artículo 133 se enfocaron en otorgar jerarquía constitucional a los tratados sobre derechos humanos, con el tiempo se fueron al art. 1° que alberga las disposicionessobre las dimensiones que adquieren los derechos en el orden jurídico mexicano, los criterios sobre el valor constitucional de los tratados internacionales en materia de derechos
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